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Análisis:Impuestos | CONSULTORIO
Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

Deducciones

Parece posible el propósito de reconducir el impuesto sobre sociedades al enfoque inicial pensado para aplicarse a principios de 1996, reconduciendo las diversas reformas concretas de los últimos años respecto a las deducciones en la cuota. Efectivamente, la Ley 43/1995 reguló un impuesto caracterizado, entre otros aspectos, por su relativamente breve catálogo de incentivos fiscales incluidos como deducciones en su cuota, cuando desde 1997 hasta ahora las modificaciones han incrementado su número y contenido, con la consiguiente complejidad.

A este respecto, la proliferación de deducciones puede no corresponderse con la neutralidad impositiva. Cuando inicialmente los incentivos fiscales pretendían evitar variaciones en los comportamientos económicos teniendo carácter permanente como podrían ser las deducciones por los gastos de investigación, desarrollo e innovación o por los de formación profesional, así como las deducciones por inversiones para la protección del medio ambiente, pero no a los incentivos que pudieran responder a medidas coyunturales.

La política de subvenciones en tecnología, a la vista de la realidad de los últimos años, debe dar un giro de 180 grados

En relación con los incentivos fiscales en materia de investigación, desarrollo e innovación tecnológica parece que el futuro se orienta a su supresión, sustituyéndose dichos incentivos por la concesión de ayudas y subvenciones. Pero hay que indicar que la política de subvenciones y ayudas en tecnología, a la vista de la realidad de los últimos años, debe dar un giro de 180 grados y ser eficaz.

Respecto a la deducción por reinversión de beneficios extraordinarios, directamente relacionada con la tributación de plusvalías en el IRPF y en el impuesto sobre sociedades, hay que decir que han generado muchas inversiones, han creado empleo de forma signiticativa, han sido un motor de la reactivación económica, se debería actuar con prudencia a la hora de reducir, sustituir o modificar, aunque respetamos la política económica y fiscal que se quiera implantar por el nuevo equipo del Gobierno, que a priori nos merece credibilidad profesional.

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