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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Ley de plazos

El Gobierno socialista justificó en 1985 la despenalizacion parcial del aborto en los supuestos de riesgo para la salud física o psíquica de la madre, de violación y de malformaciones congénitas del feto, en que ése era el techo mayoritaramente aceptado por la sociedad española de la época sobre la cuestión. En los años siguientes, la sociedad española se ha sido decantando mayoritariamente a favor de la ampliación de ese marco legal, en el sentido de reconocer a la mujer la decisión última en una situación traumática que le concierne especialmente a ella. Los socialistas anuncian ahora una ley de plazos -libertad de la mujer para abortar en las doce primeras semanas de gestación-, flanqueada por toda una serie de medidas legales tendentes a favorecer la información sexual y la prevención frente a los embarazos no deseados.

En el tema del aborto, como en otros, la sociedad española ha avanzado más deprisa que la legislación. Ese desfase ha provocado condenas de médicos seguidas de indultos y otras situaciones reveladoras de inadecuación de la norma a la realidad. El PP, que votó en contra de la ley de 1985, no la cambió al llegar al Gobierno, pero no ha querido enterarse de esta evolución en los ocho años posteriores. Su opinión de que la ampliación de la ley no era una prioridad social le ha conducido a oponerse a los diversos intentos del PSOE e Izquierda Unida -apoyados matizadamente por CiU, Coalición Canaria y PNV- de plantear en el Parlamento un debate actualizado sobre la cuestión.

Es lógico, por tanto, que el PSOE se proponga llevar a la práctica desde el Gobierno lo que intentó conseguir sin éxito desde la oposición y que figura en su programa electoral. Su propuesta de una ley de plazos, acompañada de una ley sobre salud sexual que potencie la información y la educación en esta materia, cuya falta explica el aumento del número de abortos entre mujeres menores de 20 años, no sólo saca esta cuestión del Código Penal, sino que la sitúa donde corresponde: la libre decisión de la mujer gestante y no la de quienes desde el exterior -jueces, fiscales, médicos, asociaciones antiabortistas- intentan suplantarla, con todos los riesgos de inseguridad jurídica que esa situación comporta para la mujer.

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Sean cuales sean las personales y legítimas convicciones de cada cual sobre el aborto, no puede cuestionarse la legitimidad del Estado democrático para establecer un marco de solución legal y equilibrado, al que pueda acogerse sin riesgo de criminalizacion la mujer que decide abortar. Como sucede en otros muchos países.

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