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"Abundantes deficiencias" en el control de Hacienda a las empresas

El Tribunal de Cuentas critica la permisividad con los profesionales

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el pasado día 13 de enero el informe definitivo sobre la gestión de la Agencia Tributaria en los años 1998 y 1999. Según dicho informe, que fiscalizó los controles de Hacienda a las obligaciones tributarias periódicas (IRPF, IVA e impuesto de sociedades) de empresarios y profesionales, la Agencia Tributaria registra "abundantes deficiencias". La principal, destaca el Tribunal, es "el elevado número de notificaciones que no llegan a culminar".

El informe del Tribunal de Cuentas es demoledor. No sólo no culminan las notificaciones, sino que la Agencia Tributaria no reacciona frente a los contribuyentes presuntamente ilocalizables que, pese a ello, según el Tribunal "siguen de alta en el índice de entidades y en el impuesto de actividades económicas [ya eliminado] y que, por tanto, pueden seguir desarrollando su actividad económica o profesional sin traba alguna".

Para elaborar el informe, el Tribunal de Cuentas comprobó, in situ, el trabajo de la Agencia Tributaria en los Servicios Centrales, las delegaciones de Las Palmas, Granada y Valladolid, las administraciones de Alcobendas, Leganés, Moratalaz, Salamanca y la Delegación Especial de Madrid. En total se examinaron las actuaciones sobre dos centenares de contribuyentes.

Ejemplos

Algunos ejemplos de lo que encontró el Tribunal son: envío de cartas sin acuse de recibo; un 29% de los requerimientos no notificados; el 67% de los requerimientos notificados y no atendidos quedan sin seguimiento posterior; sistema informático insuficiente para el ejercicio de actuaciones de control; decisiones adoptadas por un único funcionario, sin autorización previa ni revisión posterior y deficiencias en los datos relativos a los contribuyentes.

Así, por ejemplo, según el informe "es bastante frecuente la omisión de datos relativos a la capacidad contributiva del obligado, tales como el nivel de referencia (en el 42% de los casos) o la toma de parámetros en módulos (14%)". "Es de destacar también", prosigue el informe, "la omisión de datos relativos a la identificación de la propia actividad (el 5%), del representante de las personas jurídicas (el 17%) o de la fecha de cierre del ejercicio social en entidades sujetas al impuesto de sociedades (el 56%)".

En el caso de las comunidades de bienes y de las fundaciones, que en ocasiones pueden servir para realizar una fiscalidad creativa, el Tribunal de Cuentas destaca que "en el caso de las comunidades de bienes es relativamente frecuente la falta de identificación de los miembros o partícipes o sus cuentas (el 29%) y, en el caso de fundaciones y asociaciones, la ausencia de constancia de exención del impuesto de sociedades (64%)".

A la vista de la situación, la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas aprobó una resolución, el pasado 14 de octubre de 2003, instando a aprobar modificaciones normativas para impedir la existencia de contribuyentes no localizados (exigiendo la obligación de comunicar el cambio de domicilio) y a mejorar los sistemas de selección para inspeccionar a presuntos incumplidores. Asimismo, la Comisión propuso la mejora de sistemas informáticos de la Agencia Tributaria.

Un portavoz de este departamento aseguró ayer que muchas de las deficiencias detectadas ya han sido resueltas al aplicar las recomendaciones del Tribunal. La Agencia Tributaria destacó asimismo el hecho de que el Tribunal haya emitido una opinión favorable sobre la recaudación y liquidación de los tributos.

La Agencia explicó también que la muestra examinada por el Tribunal sólo supone el 0,05% del total de contribuyentes y el 0,08% de todos los requerimientos emitidos.

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