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Absueltos de delito ecológico tres directivos de la Junta de Residuos

La Audiencia de Barcelona ha absuelto de delito ecológico a tres directivos de la Junta de Residuos de la Generalitat, acusados de prevaricación al permitir el almacenamiento de residuos industriales supuestamente tóxicos en una chatarrería de Sant Sadurní d'Anoia. El fiscal de Medio Ambiente, José Joaquín Pérez de Gregorio, solicitaba para cada uno cinco años de prisión, ocho de inhabilitación y 50.484 euros de multa y les acusaba de tolerar el vertido ilegal de aguas contaminantes en una riera procedentes de la empresa Fragmentadora, SA (Fragsa).

En el banquillo de los acusados también se sentaron dos responsables de esa sociedad, que igualmente han sido absueltos. El tribunal de la Sección Quinta considera que los residuos almacenados y las sustancias que desprenden (los lixiviados) no eran tóxicos y no podían afectar al acuífero de la riera de L'Avern. Los jueces han sentenciado también que los lixiviados no caen directamente en la riera "y no habiendo corriente de agua, sólo la alcanzan cuando llueve". Del mismo modo, la sentencia recuerda que en la primera mitad de la década de 1990, en la que se produjeron los vertidos, la riera "se hallaba contaminada de productos orgánicos y no de metales pesados".

Los directivos de la Junta de Residuos que han sido absueltos son Manuel Molins, Antoni Pagès y Josep Simó, defendidos por el abogado Emilio Zegrí. El tribunal considera que "no actuaron contrariamente a derecho en las actuaciones administrativas en que tuvieron intervención". Tampoco se ha probado que hicieran la vista gorda con una empresa, que, según el tribunal, "se hallaba al corriente de sus obligaciones medioambientales",

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