La Cámara de Cuentas detecta "deficiencias" en los contratos de las universidades
La Cámara de Cuentas de Andalucía ha detectado diversas "deficiencias" en el control interno que hacen las universidades andaluzas de los contratos científicos, técnicos y artísticos, regulados por la Ley de Reforma Universitaria (LRU).
El órgano fiscalizador seleccionó una muestra de 189 expedientes, por un importe de 3,79 millones de euros, de los años 1999 y 2000. En esos años, el total de expedientes de las universidades andaluzas (nueve, ya que la UNIA no tenía estos contratos en esa fecha) ascendió a 2.842, que supusieron 50,21 millones de euros.
La Cámara de Cuentas perseguía verificar el control realizado por los servicios centrales de las universidades para conocer el total de los contratos; verificar el cumplimiento de la legalidad y el control interno de los contratos y comprobar si los ingresos son registrados de acuerdo con los principios contables que son aplicables.
La Cámara de Cuentas subraya que la Universidad de Almería no ha podido ser fiscalizada porque la institución no ha remitido la documentación requerida.
De las universidades si analizadas, la Cámara de Cuentas saca algunas conclusiones que detalla en el informe. Entre otras cuestiones, el órgano fiscalizador explica que no se cuenta con tarifas o catálogos de precios, de forma que se admite habitualmente las propuestas de quienes solicitan o demandan los servicios, o que, frecuentemente, la firma de los documentos contractuales se realiza antes de que sea autorizada por el órgano competente.
También se pone de manifiesto la falta de procedimientos suficientes "para garantizar el conocimiento de la totalidad de los servicios que, de carácter científico, técnico y artístico, se demandan directamente a fundaciones, institutos, departamentos y al personal, aún cuando aquéllos se desarrollen o se ejecuten en las dependencias de la propia universidad".
Principios contables
El órgano fiscalizador también señala que sólo las universidades de Cádiz, Huelva y Jaén someten la gestión de los expedientes a los principios contables que deben aplicar los centros universitarios.
De igual manera, se pone de manifiesto la "ausencia de criterios" que determinen de forma clara y precisa cuándo una relación debe formalizarse en contrato y cuando en convenio. Según la Cámara de Cuentas, actualmente, la mayoría de las universidades formalizan este tipo de relación de acuerdo con sus estatutos, mediante contrato o convenio, "pese a que la Ley de Reforma Universitaria sólo cita textualmente la figura del convenio".
Asimismo, el informe apunta que los expedientes no contemplan la posibilidad de sustitución del personal investigador y colaborador, con independencia de que la universidad tenga prevista salvar las responsabilidades del incumplimiento del contrato.
En relación con el hecho de que es frecuente la firma de contratos antes de que sea autorizada por el órgano competente, el informe de la Cámara de Cuentas refleja que es habitual que en los expedientes no se encuentren los documentos contables de reconocimiento de derechos, del reconocimiento de las obligaciones de gastos y sus justificantes, liquidaciones parciales y finales o el control de cobros y pagos realizados.
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