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Condenados dos directivos de Rontealde por homicidio imprudente en el escape de 1994

La Audiencia Provincial de Vizcaya considera no probado el delito ecológico

Naiara Galarraga Gortázar

La Audiencia de Provincial de Vizcaya ha condenado a dos directivos de la empresa química vizcaína Rontealde a un año de prisión y tres de inhabilitación cada uno por un homicidio imprudente. Les absuelve, en cambio, de un delito ecológico. Este caso es el primero que se juzgó en España por un delito ecológico con resultado de muerte. Un tercer directivo ha sido absuelto. El tribunal estima que Rontealde realizó una emisión contaminante que contribuyó a la muerte de Jesús Artiagagoitia, de 70 años y quien padecía una patología respiratoria crónica, y causó problemas respiratorios a otras 21 personas. Los hechos ocurrieron en Barakaldo el 21 de octubre de 1994. La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.

El fallo, dictado el pasado día 21 por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Vizcaya, considera probado que en el momento en que la planta química fue arrancada aquel día existía

en la zona un fenómeno complejo de inversión térmica, que restringía la dispersión de contaminantes, que agravó de forma considerable los niveles de concentración de dióxido de azufre en Barakaldo disparando la combinación con el resto de contaminantes de la zona, según informó ayer la organización Ekologistak Martxan, que difundió el fallo. La sentencia constata que la planta fue iniciada sin cumplir el protocolo que obligaba a consultar previamente con la viceconsejería de Medio Ambiente del Gobierno vasco si las condiciones meteorológicas eran favorables. Avisaron una vez la habían arrancado, como era costumbre en la fábrica, según el fallo.

La Audiencia considera al director de Rontealde, José Elizalde, y al jefe de producción, Koldo Iturriarte, responsables de "un delito de homicidio imprudente, cometido por negligencia profesional grave y de otro delito de lesiones imprudentes". El tribunal condena a cada uno a un año de prisión y les inhabilita por cuatro años para ejercer cualquier profesión que conlleve el tratamiento de productos químicos.La Audiencia de Vizcaya también condena al director y al jefe de producción a indemnizar al único herido que requirió tratamiento prolongado con 1.310 euros. La familia del fallecido se retiró de la acusación tras llegar a un acuerdo extrajudicial con Rontealde hace unos años. Por su parte, el jefe de mantenimiento de la planta química, Mariano Ruiz, es absuelto de todos los cargos.

El tribunal considera no probado el delito ecológico, al no haberse constatado la cantidad exacta de la emisión de dióxido de azufre o, al menos, que esta superara los límites legales establecidos. Las penas son inferiores a las solicitadas por el fiscal, que pedía tres años de cárcel y siete de inhabilitación para los tres directivos, juzgados entre mayo y junio pasados en la Audiencia de Vizcaya. Las acusaciones particulares pedían un año más de prisión para cada procesado y la defensa su absolución.

"A medio camino"

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Ekologistak Martxan opina que el tribunal "se ha quedado a medio camino". La organización valoró positivamente el fallo porque reconoce "buena parte de los hechos", pero lamentó que "una vez más, los tribunales se muestren tan rigurosos y reticentes a la hora de aplicar los tipos delictivos de protección del medio ambiente". Los ecologistas también criticaron a las administraciones responsables del medio ambiente la "escasa colaboración para investigar a fondo y rigurosamente este tipo de hechos" que, reconocen, son difíciles de probar.

Un portavoz de la defensa de los directivos aseguró ayer que no comentarán la sentencia al menos hasta el lunes, cuando les sea oficialmente notificada.

El proceso judicial por la nube tóxica provocada por Rontealde se ha demorado tantos años, primero, por la tardanza de las acusaciones en formular sus escritos -el del fiscal estaba listo en 1999- y después por la dificultad para localizar a testigos que debían acudir a la vista oral.

La sentencia afirma que el jefe de producción dio orden de iniciar la planta a las ocho de la mañana. Posteriormente avisó a Medio Ambiente. A las 8.20, el director de la compañía se personó allí y asumió el control de la arrancada. A las 8.30. Rontealde recibió una primera llamada de la Policía Municipal alertando de que vecinos de Barakaldo sufrían molestias en las vías respiratorias. Poco después hubo una segunda llamada ordenando la parada inmediata. Ante la insistencia en las quejas, Elizalde, el director, ordenó la parada, que se produjo hacia las 8.50.

Dice la sentencia que los vecinos que padecían afeccciones respiratorias previas padecieron síntomas más intensos. Fue el caso de Jesús Artiagagoitia, de 70 años, afectado por una patología respiratoria crónica. Falleció a consecuencia de un edema pulmonar por la exposición, entre otros contaminantes, a una alta concentración de dióxido de azufre.

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Sobre la firma

Naiara Galarraga Gortázar
Es corresponsal de EL PAÍS en Brasil. Antes fue subjefa de la sección de Internacional, corresponsal de Migraciones, y enviada especial. Trabajó en las redacciones de Madrid, Bilbao y México. En un intervalo de su carrera en el diario, fue corresponsal en Jerusalén para Cuatro/CNN+. Es licenciada y máster en Periodismo (EL PAÍS/UAM).

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