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Cataluña acredita profesores universitarios pese a la suspensión del Constitucional

El alto tribunal anula de forma cautelar cinco artículos de la ley catalana de universidades

Mar Padilla

La Agencia de Qualitat (AQU), el equivalente catalán a la Agencia Nacional de Evaluación, acreditará profesores para que puedan ser contratados el próximo curso por las universidades catalanas, pese a que el Tribunal Constitucional ha aceptado el recurso presentado por el Gobierno del PP y ha suspendido cautelarmente cinco artículos de la Ley de Universidades de Cataluña (LUC). El artículo más polémico y que ha sido anulado cautelarmente establece que la agencia catalana no está obligada a reconocer las acreditaciones de profesores que realicen otras agencias españolas.

La pretensión de Cataluña de crear un cuerpo docente propio a partir de una acreditación de calidad docente de carácter autonómico se ha visto frenada por el Gobierno central. Éste presentó un recurso contra la Ley Catalana de Universidades, ahora admitido a trámite por el Tribunal Constitucional, que ha suspendido uno de sus artículo básicos. Pese a ello, Antoni Serra Ramoneda, presidente de la Agencia Catalana de Calidad universitaria, declaró ayer que este organismo seguirá "acreditando tranquilamente", al tiempo que recordó que ya se han iniciado los trámites para la incorporación de nuevos profesores para el próximo curso 2003-04. Según establece la Ley Orgánica de Universidades (LOU), todo profesor que quiera acceder a una plaza de contratado (no funcionario) en una universidad pública debe tener la acreditación de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) o de alguna agencia autonómica. Ahora, con la suspensión cautelar durante un máximo de cinco meses del artículo de la Ley Catalana de Universidades que hace referencia a las evaluaciones y acreditaciones, se abre un largo paréntesis que plantea muchos interrogantes sobre las nuevas incorporaciones a los centros catalanes. Fuentes del Ministerio de Educación aseguraron ayer sin embargo, la vigencia de la validez de la acreditación de los profesores ya efectuada por la agencia catalana de calidad universitaria.

Tras la presentación del recurso del Ministerio de Educación, el Tribunal Constitucional ha suspendido cautelarmente cinco artículos de la Ley Catalana de Universidades (LUC), "según el proceso habitual que se da en estos casos", señalaron ayer fuentes del alto tribunal. Aunque en su momento el ministerio alegó "razones técnicas" para la presentación de este recurso, el debate se centra sobre las competencias en la acreditación del profesorado universitario en las autonomías tras la puesta en marcha de la agencia nacional de evaluación. Según Educación, el artículo de la ley catalana sobre la agencia autonómica da a entender que la Generalitat no reconoce las competencias de la agencia nacional en Cataluña. "La LOU reconoce que las agencias universitarias autonómicas pueden acreditar a los profesores, pero también establece que una agencia de carácter nacional", explico ayer un portavoz del ministerio, quien subrayó que, de esta forma, los docentes pueden ser evaluados por ambos organismos. "La ley catalana, en cambio, sólo reconoce a los profesores acreditados por la agencia catalana, y ahí está el conflicto", aseguró el portavoz. El pasado viernes, fuentes de este departamento de Universidades catalán aseguraron que en caso de que el tribunal dé la razón al ministerio, acatarán lo convenido y no utilizarán al profesorado como "arma arrojadiza". El artículo 148.2, suspendido por el Constitucional, establece que "las evaluaciones y acreditaciones hechas en otras agencias u órganos de evaluación en materia de la competencia de la Agencia de Calidad del Sistema Universitario de Cataluña pueden ser consideradas por dicha agencia, a los efectos de lo que establece dicha ley".

Los otros apartados de la ley catalana que cuestiona Educación se refieren a que los profesores contratados como doctores pueden tener la denominación de catedráticos y, en consecuencia, de funcionarios del Estado, una vinculación laboral que la LOU no contempla para el rango de doctores. La ley catalana posibilita que los profesores a tiempo parcial puedan formar parte del Consejo Social universitario, un aspecto que no recoge la LOU. Además según la normativa catalana, el cómputo del número de profesores se hace según la cantidad de docentes contratados a tiempo completo, un registro que la LOU extiende también a los profesores con contrato a tiempo parcial.

La ministra Pilar del Castillo, ayer, en la clase de un colegio de Madrid.
La ministra Pilar del Castillo, ayer, en la clase de un colegio de Madrid.EFE

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Sobre la firma

Mar Padilla
Periodista. Del barrio montañoso del Guinardó, de Barcelona. Estudios de Historia y Antropología. Muchos años trabajando en Médicos Sin Fronteras. Antes tuvo dos bandas de punk-rock y también fue dj. Autora del libro de no ficción 'Asalto al Banco Central’ (Libros del KO, 2023).

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