La Audiencia Nacional falla que Aragón carece de legitimidad para recurrir el trasvase
El tribunal dice que la transferencia de agua se realiza fuera del territorio aragonés
A sólo cuatro días de los comicios autonómicos, la Audiencia Nacional ha dejado caer un regalo al Gobierno y a las comunidades autónomas dirigidas por el PP en el litoral mediterráneo. El tribunal desestima un recurso del Ejecutivo aragonés contra el concurso para contratar el estudio de impacto ambiental del trasvase del Ebro. El fallo afirma que Aragón carece de legitimidad para recurrirlo porque los estudios se ciñen a los corredores desde el bajo Ebro (Tarragona) a La Abrera (Barcelona) y hasta el límite de la provincia de Castellón, un espacio situado fuera de Aragón.
La Audiencia estima en su sentencia -votada y fallada el pasado 7 de mayo y divulgada ayer- que Aragón no ostenta ningún interés legítimo para impugnar los estudios o las obras que se realicen fuera de los términos territoriales de su comunidad. "Su interés obviamente está en si se realizan o no transferencias de recursos hídricos [desde Aragón] y en qué cantidad a otras Comunidades Autónomas", dice el fallo.
Aun en caso de que la procedencia del agua se sitúe en Aragón, la Audiencia Nacional afirma que no comporta legitimidad para oponerse a un trasvase, porque está acordado por la ley del Plan Hidrológico Nacional (PHN), recurrida, eso sí, ante el Tribunal Constitucional.
La sentencia ratifica un auto, dictado por un juez central de lo contencioso administrativo, que declaró inadmisible en diciembre pasado un recurso previo contra el pliego de bases elaborado por la sociedad estatal Trasagua para contratar el estudio de impacto ambiental del trasvase, de 1.050 hectómetros cúbicos, desde el bajo Ebro a Barcelona y el litoral mediterráneo.
En uno de sus fundamentos, la sentencia sostiene que, aprobado el PHN, la contratación de estudios y obras necesarias para hacer efectiva "esa transferencia de recursos que se va a realizar fuera de Aragón no afecta a dicha comunidad autónoma, siendo indiferente que el estudio se realice por una u otra empresa". Por tanto, concluye: "La anulación del acto recurrido no ocasiona a la apelante ningún beneficio, ni su desestimación le perjudica, pues el montante de los recursos transferidos es el mismo y está fijado por ley. No se trata, en definitiva de distinguir entre titularidad de un derecho y ostentar un interés legítimo, sino de la ausencia de éste aún en sus formas más difusas".
Para la ministra de Medio Ambiente, Elvira Rodríguez, el fallo demuestra que el Gobierno está haciendo la cosas bien y que el PHN sigue adelante porque no perjudica a nadie: "Ahora el Ejecutivo aragonés tendrá que explicar en qué está empleando sus recursos, porque la sentencia le obliga al pago de costas". El Gobierno regional entiende que la sentencia no sienta jurisprudencia respecto al resto de recursos contra el trasvase y confía en el que ha planteado ante el Constitucional contra una ley (el PHN) aprobada en las Cortes.
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