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Rechazado el recurso de las ONG sobre el Consejo de Cooperación

El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso presentado en octubre de 2001 por la Coordinadora de ONG de Desarrollo de España (CONGDE) contra el artículo 3.4 del Real Decreto 281/2000 de marzo de ese año sobre el Consejo de Cooperación. La CONGDE interpuso recurso argumentando que el Gobierno vulneraba así la representatividad de las ONG en ese órgano, del que la Coordinadora se retiró como protesta, por entender que la secretaría de Estado de Cooperación utilizaba el decreto para designar vocales afines.

El alto tribunal estima que el artículo se atiene "al precepto legal", que no hay "quebrantamiento del principio de igualdad" y que la "variación operada en torno al modo concreto de designación" de los representantes de las ONG en el Consejo "no es tan relevante como se pretende".

Señala el Supremo: "La circunstancia de que cuatro puedan ser designados directamente por el ministro no tiene por qué privarles de la necesaria representatividad". El fallo añade que "no resulta razonable suponer que la modificación obedezca a un propósito torticero, ajeno al deseo de ampliar la participación democrática de las distintas ONG en el Consejo".

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