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Aprobada por unanimidad la ley de derechos del paciente

La ley que regula el derecho a recibir una segunda opinión médica, el acceso a la historia clínica o el testamento vital fue aprobada ayer en las Cortes por unanimidad. La ley de Derechos e Información del Paciente establece que el paciente tendrá derecho a anticipar su voluntad sobre la atención clínica que deberá recibir cuando las circunstancias de su salud no le permitan comunicarlo, que quedarán recogidas en un documento que se conoce como testamento vital. Además, cuando el proceso asistencial requiera de pruebas diagnósticas cruentas o de un procedimiento terapéutico invasivo que ponga en peligro la salud del paciente, la nueva norma establece que será preciso el consentimiento del paciente para continuar con las actuaciones. También tendrán derecho a conocer toda la información sobre la naturaleza de su enfermedad, así como de los riesgos y beneficios que comportan los procedimientos diagnósticos y terapéuticos recomendados, con el fin de poder decidir acerca de los mismos.

Otro de los aspectos que se introducen es el derecho de documentación, que regula los informes de alta y alta forzosa, la información técnica, estadística y administrativa de los profesionales y la historia clínica. Sobre la historia clínica, la ley contempla todos los aspectos relativos a su contenido, tratamiento, propiedad y custodia, así como los derechos de acceso a la misma por parte de los profesionales, instituciones, pacientes y, en los supuestos que proceda, por parte de los familiares, allegados o representantes legales del paciente. El nuevo texto prevé crear el Consejo Asesor de Bioética y los comités de bioética asistencial, que tendrán encomendada la protección de los derechos de los pacientes y el asesoramiento técnico.

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