El Gobierno impulsa un plan para castigar la pequeña delincuencia con prisión provisional
La oposición apoya unas medidas pensadas también para combatir el terrorismo callejero
La Comisión de Seguimiento del Pacto de la Justicia, reunida ayer en el Congreso de los Diputados, acordó ayer por unanimidad impulsar una reforma legal que permitirá a los jueces dictar prisión provisional si creen que así "pueden evitar la comisión de nuevos delitos" sin que su decisión dependa de la gravedad de la pena a imponer. Con la reforma, los jueces podrán encarcelar a supuestos delincuentes aunque la condena prevista para su delito no supere los dos años (ahora en límite está en seis). El anteproyecto se aprobará en el Consejo de Ministros de mañana viernes.
Entre los afectados por la reforma legal estarían los autores del terrorismo callejero en el País Vasco y la pequeña delincuencia en general. La unanimidad alcanzada entre el Gobierno y los partidos se materializó en una comparecencia conjunta de los representantes de la Comisión de Justicia. Junto al ministro de Justicia, José María Michavila, estuvieron el representante socialista, Juan Fernando López Aguilar; el de CiU, Manel Silva, y el de Coalición Canaria, Luis Mardones. IU y PNV excusaron su ausencia de la rueda de prensa. El Gobierno y los partidos democráticos creen que con esta reforma se podrá combatir mejor la kale borroka (violencia callejera) en el País Vasco y a los pequeños delincuentes que son detenidos reiteradamente sin entrar en prisión por la levedad de sus penas. La principal novedad de la reforma que ha emprendido el Gobierno con el apoyo de la oposición radica en que se eliminan dos conceptos utilizados por los jueces para dictar la prisión provisional: la vinculación entre la gravedad de la pena y la prisión provisional -ya no será imprescindible que el delito que se le imputa al delincuente este tipificado con más de seis años- y la alarma social. Se mantienen los requisitos de riesgo de fuga y riesgo de destrucción de pruebas y se añade uno nuevo bajo el epígrafe genérico de "evitar la comisión de nuevos hechos delictivos". Para evitar nuevos delitos con prisión provisonal los jueces tendrán en cuenta los antecedentes penales del imputado, si es reincidente en la comisión de delitos o si pertenece a una banda organizada, como en el caso de los autores del terrorismo callejero en el País Vasco. Tanto José María Michavila como López Aguilar coincidieron en que esta reforma estaba incluida en el Pacto de la Justicia, de la que es un "aspecto troncal" según señaló el representante socialista. De este modo, justificaron también la rapidez con que los distintos grupos de la oposición y el Gobierno habían alcanzado un acuerdo de principios.
La reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que el Gobierno acordó ayer con la oposición se basa en los siguientes principios:
- Nueva causa de prisión provisional. El juez puede ahora dictar prisión provisional en función del riesgo de fuga del supuesto delincuente o de la ocultación y destrucción de pruebas. A estos requisitos se une un tercero: "Evitar la comisión de nuevos hechos delictivos". Para ello se modificará el artículo 503.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. El legislador pretende además "eliminar por completo el automatismo en la decisión judicial" de dictar prisión preventiva, "evitando la vinculación necesaria entre la gravedad de la pena a imponer y la adopción de la medida".
- Prisión para delitos castigados con menos de dos años. "Se posibilita, excepcionalmente, la adopción de la prisión preventiva para delitos que tengan señalada pena inferior a dos años de prisión cuando el imputado tuviera antecedentes penales". Además, la reforma establece castigos para evitar "el riesgo de reiteración delictiva" que se asocia a la "realización de actividades delictivas con habitualidad o a la pertenencia de los imputados a grupos o bandas organizadas para la comisión de delitos". En estos supuestos, el juez también podrá decretar prisión provisional aunque la pena a imponer por el delito cometido sea inferior a dos años. ¿Cómo dirime el juez si hay riesgo de reiteración delictiva? "Sobre la base de todo tipo de antecedentes, datos o circunstancias del imputado derivados de la instrucción de la causa penal".
- Violencia doméstica. "Se establece la adecuación de la prisión provisional a la violencia doméstica mediante la articulación de medidas de protección a las víctimas en este tipo de delitos y mediante el establecimiento de dos instrumentos específicos:
- La comunicación preceptiva a la víctima de las resoluciones concernientes a la situación personal del imputado.
- La obligación de celebrar una comparecencia en supuestos de quebrantamiento de las medidas de alejamiento.
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