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Nuevo varapalo del Tribunal Superior de Justicia canario

Por enésima vez, el Obispado de Canarias ha provocado una sentencia que va a costarle al Estado algo más de 36.000 euros en indemnizaciones. Esta vez quien tiene que pagar por la actitud episcopal, que quitó el empleo sin aviso a una profesora de religión, será el Ejecutivo canario. La severa resolución es de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de esa comunidad, formada por los magistrados Humberto Guadalupe Hernández, María Jesús García Hernández y Eduardo Ramos Real.

Laura Abellán Luján, que enseñaba catolicismo en el Instituto de Educación Secundaria de la Isleta (Las Palmas), fue suspendida en sus funciones por la Consejería de Educación con el argumento de que el obispado no había formulado propuesta de renovación de su contrato para el curso 2001-2002. El tribunal, en cambio, sentencia como hecho probado que, al inicio de ese curso, no existió propuesta del diocesano en contra de la citada profesora, "ni expresa ni tácita", ni una "propuesta de otro profesor para impartir las clases". Incluso el instituto La Isleta certificó que la citada docente era "la única profesora de religión" en el centro, por lo que la designación posterior de otra persona para sustituirla "no podía ser tenida en cuenta", añade el tribunal .

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"Una cosa es la propuesta en contra y otra muy distinta la propuesta de renovación, que en el caso de los profesores de religión no existe al ser automática", afirma la sentencia de Tribunal Superior, que ya ha planteado ante el Constitucional sus dudas sobre la legalidad de los acuerdos España-Santa Sede que permiten este tipo de comportamientos laborales.

El pagano

"Si el obispado no hizo esa propuesta de renovación -o de no renovación-, la consecuencia no puede ser otra que la renovación automática vinculante. Negándose la Consejería de Educación a contratar a la profesora sin motivo que justifique su proceder, su decisión ha de calificarse de despido improcedente", dicen los magistrados en una resolución de la que ha sido ponente María Jesús García Hernández.

Aunque se obliga a pagar la indemnización al Ejecutivo, los magistrados cargan las tintas sobre la decisión episcopal que dejó sin empleo a Laura Abellán sin aviso previo. La Administración era "la destinataria de sus servicios docentes, la que planifica, controla y organiza el trabajo, la que ejerce la potestad disciplinaria y asume todos los gastos que con ello se ocasionan, la que los remunera y la que lleva a cabo su nombramiento y designación, por consecuencia, su verdadera empleadora", pero es la jerarquía eclesiástica la que tiene la facultad de "presentar a candidatos" y la que, en consecuencia, "decide" el destino de cada docente, afirma la sentencia.

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