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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

Otra aclaración

Bertrand de la Grange ha manifestado en muchas ocasiones que escribe un libro sobre el caso Gerardi, pero, al parecer, tratar con objetividad el tema no es su fuerte, sino otorgarle al mismo un inmerecido sensacionalismo con el objeto de garantizar una mayor atención y ventas; y ello ya se deja advertir con la aclaración que recientemente De la Grange hace a EL PAÍS [Cartas al Director 7-11-2002] con respecto a la atención que el tema ha generado en España.

En primer lugar, vale la pena aclarar que, en efecto, a los tres militares condenados en este proceso no se les endilgó la calidad de autores materiales, sino de autores del crimen, pues los mismos participaron en la planificación y ejecución del mismo, a través de diversas acciones punibles debidamente probadas en el debate oral y público y que encuadran perfectamente en el delito de ejecución extrajudicial.

Sintomáticamente, Bertrand de la Grange retoma el tema de las supuestas mordidas de perro que el primer fiscal que investigó el caso se empeñó en hacer creer que existían en el cráneo del cadáver de monseñor Juan José Gerardi, pretendiendo validar los informes de cuatro expertos -incluyendo a un español-, pero nada dice acerca de que aquel fiscal se esforzó, contrariando lo obvio, en la hipótesis del crimen doméstico porque tenía -y aún mantiene- fuertes vínculos con los militares guatemaltecos; que la hipótesis de las mordidas de perro fueron descartadas por tres expertos norteamericanos; y que dos de los expertos que la avalaron pertenecían al ministerio público, y uno de ellos fue sindicado de alterar y extraviar pruebas materiales en contra de los militares que perpetraron la conocida masacre de Xamán, y que no tenían ninguna experiencia forense sobre el tema que informaron, pues fueron llevados de emergencia, quince días antes de practicarse las diligencias que motivaron esos informes, a Puerto Rico para un curso intensivo sobre mordeduras de perros. En cuanto al reconocido odontólogo a que hace referencia en su nota el señor De la Grange, no se le conoce en el país, excepto, supongo, por sus habituales pacientes.

Es falso que Rubén Chanax haya reconocido y acusado sucesivamente a un alcohólico y a un delincuente de la comisión del crimen, pues en el reconocimiento en rueda de personas para identificar a un primer sospechoso (supongo, el alcohólico a que hace referencia el señor De la Grange) fue Rubén Chanax quien manifestó no conocerlo. Desconozco a qué delincuente hace referencia el ex corresponsal de Le Monde.

La inidoneidad de Chonax Sontay ha sido cuestionada, obviamente, por los militares condenados en este caso, sus abogados defensores y por todos aquellos que guardan una insoslayable simpatía hacia los militares guatemaltecos más cuestionados por el tema de los derechos humanos, entre ellos, el fiscal que con terquedad insistió en la hipótesis del crimen doméstico y que ante la abrumadora evidencia en su contra renunció al caso y al ministerio público sin pena ni gloria. La hipótesis del crimen político no nace con las declaraciones de este testigo (quien por cierto sólo declaró bajo juramento en dos oportunidades y no en todas, como lo señala Bertrand de la Grange), sino a través de testimonios que incluyó a un especialista del Estado Mayor Presidencial y a un ex militar vinculado a Inteligencia Militar.

De la Grange pretende vincular la detención de los condenados dentro de este juicio con la toma de posesión del presidente Portillo, lo que demuestra su conocimiento superficial del tema, pues este mandatario, pese al ofrecimiento público que hizo de colaborar con el caso Gerardi a través de una investigación dentro del organismo ejecutivo, y especialmente dentro del Estado Mayor Presidencial, nunca concretó colaboración alguna, desentendiéndose del mismo. Lo más lamentable en las afirmaciones de De la Grange es su sesgada insistencia en presumir graves vicios de la sentencia, llegando a acusar de que se alteraron actas del juicio (¡increíble!, ¿cómo pudo darse cuenta de algo que ni siquiera los abogados defensores advirtieron?), diciendo que la Corte de Apelaciones intenta, con su resolución, corregirlos. ¿Podrá darse cuenta el señor De la Grange del tamaño de su aseveración? Los magistrados de la Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones, con su fallo dentro de este caso, han incurrido en violaciones gravísimas a la ley, incurriendo, incluso, en responsabilidades que pueden serles deducibles penalmente. Para que los más curtidos magistrados europeos, los no tan curtidos y toda persona interesada en el tema puedan conocer más del asunto, se les invita a leer la sentencia de marras, la sentencia de la Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones y los argumentos que la querellante adhesiva presentó al oponerse a la decisión de esa Corte de Apelaciones, en la página de Internet de la Oficina de Derechos Humanos del arzobispado, que es: www.odhag.org.gt, y sean ellos los que, alejados de opiniones tan superficiales como las del señor De la Grange, quien al parecer se está granjeando publicidad gratuita para su futuro libro, opinen con más propiedad sobre este asunto.

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