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OPINIÓN DEL LECTOR
Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

La poda del geranio

Así como el hambre agudiza el ingenio, cuando faltan seis meses para rendir cuentas ante los ciudadanos en las elecciones municipales y autonómicas, a algunos gobernantes municipales parece habérseles iluminado el camino, y pretenden sanear las arcas municipales recurriendo al expeditivo sistema de incrementar la presión fiscal.

Claro que los impuestos y las tasas son el meollo de los tributos municipales, que permiten a las administraciones locales generar infraestructuras y servicios públicos. Sin embargo, la falta de rigor, el despilfarro y la chapuza presupuestaria colocan a ciertos ayuntamientos al borde de la quiebra técnica.

Pese a que las tasas son la contraprestación económica que cobran los ayuntamientos a sus administrados a cambio de la prestación de un servicio, y que la Ley de Haciendas Locales garantiza que su importe no podrá exceder del coste real de la prestación recibida, las tasas son también los tributos donde las haciendas locales tienen mayor margen de maniobra al disponer de plenas competencias para su promulgación, gestión y devengo, pudiendo convertirse en objetivo prioritario de la recaudación municipal.

En Madrid y en la práctica totalidad de los pueblos de la sierra, el servicio de retirada de muebles viejos, enseres o poda es gratuito, o en los contados ayuntamientos donde se cobra una tasa por su recogida, ésta es satisfecha solamente por aquellos vecinos que utilizan el servicio, previa solicitud de retirada a su Ayuntamiento.

La cruz de la moneda -el abuso- tiene lugar en municipios como Hoyo de Manzanares, donde su Ayuntamiento, con carácter universal, ha instituido una tasa municipal por la recogida de muebles, enseres y podas obligando a cada contribuyente a pagar la cuota resultante de multiplicar el importe del IBI por el 6,47%.

Esta tasa, a la que con humor los vecinos de Hoyo que sólo tienen unos tiestos en su casa ya la han bautizado como la tasa por la poda del geranio, además de injusta, obliga a pagar a todos los que coticen el IBI.

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La Ley 39/88 de Haciendas Locales determina que únicamente pueden ser sujetos pasivos de las tasas aquellos administrados que efectivamente reciban ese servicio, por lo que claramente se ha transformado la poda del geranio en un impuesto encubierto.

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