La normativa de las casas rurales
La alarma cunde entre los empresarios del sector turístico. La oferta de alojamientos no regulada se ha disparado en los últimos años. Como ejemplo, la Federación de Turismo y Hostelería de Jaén ha asegurado que la modalidad de casas rurales sube cada año en un porcentaje del 15%. El Centro de Turismo Interior de Andalucía (Centia) estima que sólo el 20% de las más de 2.000 casas rurales existentes en la comunidad cumplen la normativa.
El Centia, que tiene su sede en Úbeda, está realizando un censo para conocer con exactitud la oferta turística en el medio rural. Este censo es una consecuencia del Decreto de la Consejería de Turismo, publicado el 29 de enero, y que tipifica las diferentes modalidades de alojamiento rural. Así, se diferencia claramente entre casa rural y vivienda turística de alojamiento rural. Mientras que aquéllas son las edificaciones del medio rural que ofrecen el alojamiento junto a otros servicios complementarios, las segundas no prestan más servicio que el de alojamiento.
En consecuencia, las personas titulares de las viviendas turísticas de alojamiento rural están exoneradas de la obligación de inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía. Aunque estas viviendas no puedan ser consideradas como actividad turística y sí como un alquiler urbano, sí que tendrán que someterse a un régimen fiscal para no incurrir en competencia desleal.
'Queremos desarrollar un sistema turístico sostenible y competitivo en el medio rural andaluz, regulando los diferentes tipos de alojamiento y estableciendo un nuevo régimen jurídico', indica José Luis Carmona, gerente del Centro de Turismo Interior. La nueva normativa otorga un plazo de un año para que los establecimientos de alojamiento turístico se adapten al nuevo decreto. A partir de ahí, Turismo se reserva la facultad de imponer sanciones por las infracciones administrativas en las que hayan incurrido.
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