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Múgica pide que las inmigrantes puedan divorciarse como españolas

El Defensor del Pueblo quiere que Justicia cambie el Código Civil

El defensor del pueblo, Enrique Múgica, solicitó ayer al ministro de Justicia que se modifique el Código Civil para que las inmigrantes puedan divorciarse con las mismas facilidades que las españolas. Las interpretaciones del Código por los jueces permiten que algunas inmigrantes obtengan el divorcio mientras otras, sobre todo musulmanas, tienen que someterse a las leyes discriminatorias de sus países de origen.

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El Defensor del Pueblo cita como ejemplo el caso de las inmigrantes marroquíes que solicitan en España la disolución del matrimonio, normalmente una vez que ha cesado la convivencia de pareja; 'en muchas ocasiones por malos tratos'. Según explica Enrique Múgica, la ley marroquí o Mudawana (conjunto de normas dirigidas al estatuto personal) no contempla la separación, sólo el divorcio y el repudio, lo que dificulta la acción de la mujer, ya que ellas no pueden repudiar al marido y los procesos para obtener el divorcio son largos y complicados.

Cuando el marido se niega a conceder el divorcio, la marroquí, según el informe del Defensor del Pueblo, tiene que estar litigando durante un mínimo de cinco años, mientras que si es él el que lo requiere puede obtenerlo en 15 días aunque haya negativa por parte de la mujer. Cuando se da el caso de malos tratos, ella está obligada a presentar certificados médicos y el testimonio de 12 personas; este último requisito hace casi inviable el éxito.

Además de un intento por subsanar esta discriminación de las inmigrantes, la oficina del Defensor del Pueblo quiere que se acabe la confusión existente en los juzgados españoles: unos jueces se rigen por el artículo 107 del Código Civil, que exige que se aplique la ley nacional común a los cónyuges, y otros, el 12.3 del mismo código, que dice que en ningún caso tendrá aplicación la ley extranjera cuando resulte contrario al orden público.

Principios de igualdad

'En nuestra petición', comenta María Luisa Cava de Llano, adjunta primera al Defensor, 'hacemos referencia a los principios de igualdad marcados por nuestra Constitución, pero también a la Declaración de los Derechos Humanos, al Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos y a la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer'. Cava se muestra optimista: 'No podemos perjudicar a estas mujeres'.

La iniciativa ha sido bien vista por algunas organizaciones islámicas. 'Lo normal es que el divorcio se haga en el país donde se casaron y que las leyes que se apliquen sean las del país de origen, pero si ello va a ir en beneficio de la mujer, bienvenida sea la iniciativa', declara Antonio Carrasco, presidente de la Federación Española de Entidades Religiosas de España.

Desde 1992 en que se aprobó el Acuerdo de Cooperación del Estado con la Comisión Islámica de España, los matrimonios celebrados en España por la tradición islámica (emanada del Corán o de la Sunna) pueden ser inscritos en el Registro Civil. Los divorcios de musulmanes que no se tropiezan con dificultades en España son los que se dirimen cuando al menos uno de los cónyuges es español o ha optado por esta nacionalidad.

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