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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

De ETA a Pinochet

Les ha faltado tiempo a los magistrados de la Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional para dejar sin efecto, en una interpretación disparatada del auto todavía no firme del Supremo sobre el caso Otegi, la orden de detención internacional cursada por el juez Garzón contra un antiguo ministro de Defensa de Pinochet, así como la causa por terrorismo, genocidio y torturas seguida por la desaparición y asesinato hace 25 años en Chile del funcionario español de la ONU Carmelo Soria.

¿De dónde han sacado estos magistrados que esa resolución les obligaba a hacer lo que han hecho? El Supremo se limitó a señalar que la apología del terrorismo es un delito autónomo de opinión, material y conceptualmente distinto del de terrorismo, y que, por ello, el grito de 'Viva ETA' proferido por el dirigente de Batasuna en Francia no podía ser perseguido en España. Esta interpretación podrá ser doctrinalmente discutible, aunque en el debate político y mediático que ha sucitado, aparte de gruesas descalifiaciones, nadie haya dado ninguna más sólida. Pero de ella no se deduce ninguna nueva aplicación, restrictiva en este caso, del principio de extraterritorialidad de la ley penal española para perseguir los delitos de terrorismo, genocidio y torturas cometidos fuera de España.

Da la impresión de que estos magistrados no tenían demasiado interés en perseguir los crímenes pinochetistas y que han cazado al vuelo el auto del Supremo sobre el caso Otegi para, arropándose en él, justificar sus particulares actitudes sobre el asunto. El ponente de la resolución, en particular, ya había mostrado serias reticencias sobre la competencia de la jurisdicción española en el caso Pinochet y en el del genocidio en Guatemala. Ahora, no sólo se apartan radicalmente de la doctrina sentada por el pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, a raíz del caso Pinochet, sobre la juridicción universal española en materia de terrorismo, genocidio y torturas. Llevada hasta sus últimas consecuencias, su tesis acarrearía dejar impunes -no perseguibles por la jurisdicción española -los delitos terroristas de ETA cometidos en el extranjero.

Es de esperar que, muy pronto, el Supremo corrija tamaño desatino y que los tribunales españoles puedan esclarecer el asesinato de Carmelo Soria en Chile, por más que se produjera hace 25 años.

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