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Esperanza Aguirre autorizó la financiación pública de los centros segregados

La concesión de conciertos educativos a centros que practican la segregación de sexos -sólo chicos o sólo chicas- ha sido objeto de polémica desde hace tiempo. Los sucesivos gobiernos socialistas evitaron otorgar estas subvenciones, pero la llegada del PP al poder abrió la puerta a estos centros, relacionados en gran medida -cuando no propiedad directa- con el Opus Dei a pedir el concierto educativo a la Administración correspondiente. El Ministerio de Educación, dirigido por Esperanza Aguirre, que todavía ostentaba competencias educativas en buena parte de España, no tardó en aplicar este nuevo criterio. En 1997 otorgó el concierto educativo a tres colegios privados asturianos: Valmayor (femenino), Peñaubiña (femenino) y Los Robles (masculino), regentados por Fomento de Centros de Enseñanza que también logró concertar otros dos centros segregados en la Comunidad Valenciana, junto a otros dos del Opus Dei.

El sindicato UGT recurrió por la vía contencioso-administrativa alegando que la Constitución y la legislación en materia de Educación prohibían este tipo de discriminación, pero la Audiencia Nacional dictó una sentencia el 20 de diciembre de 1999 en la que consolidó la posibilidad de segregar los alumnos y recibir fondos públicos al mismo tiempo.

Libre elección

La citada sentencia establecía, por un lado, el principio de que 'no se produce discriminación' al separar los sexos, en tanto que los padres de los alumnos disponen en la misma zona de numerosa oferta alternativa a este modelo segregado. Pero además, apoyándose en un real decreto de 1997 que regula la elección de centro educativo, que a su vez, reproduce el artículo 20.2 de la Ley Orgánica del derecho a la Educación (LODE), que la separación de sexos no constituye segregación. El citado artículo 20.2 dice exactamente: 'En ningún caso habrá discriminación en la admisión de alumnos por razones ideológicas, religiosas, morales, sociales, de raza o nacimiento'. En su pura literalidad, no menciona el sexo.

Sin embargo, el apéndice 5 sobre admisión de alumnos matiza que 'en los centros sostenidos con fondos públicos' serán admitidos 'todos los alumnos, sin más limitaciones que las derivadas de los requisitos de edad y, en su caso, de las condiciones académicas exigidas para iniciar el nivel o curso al que se pretenda acceder'.

UGT ha recurrido la sentencia ante el Constitucional, pero, mientras tanto, varias decenas, tal vez medio centenar de centros del Opus Dei o de grupos próximos, han conseguido acceder a la financiación pública. Una condición de la que es muy difícil ser excluido una vez se está dentro.

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