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Defensa aplicará el cese forzoso a subordinados y jefes que mantengan 'relaciones de afectividad'

El expediente de pérdida de destino incluirá la toma de declaración por escrito a los implicados

Miguel González

El Ministerio de Defensa considera que las relaciones sentimentales entre mandos y subordinados perturban la disciplina de las Fuerzas Armadas. Por eso ha incluido, entre las causas para el cese forzoso, la de 'ser cónyuge o mantener análoga relación de afectividad' con otro militar con el que exista una dependencia jerárquica. Así figura en el Reglamento de Destinos del Personal Militar Profesional aprobado el viernes por el Gobierno. El cese del superior o del inferior se decidirá tras un expediente, en el que se dará 'audiencia previa a los interesados, cuyas manifestaciones constarán por escrito'.

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La incorporación masiva de la mujer a las Fuerzas Armadas está provocando que cada vez sean más frecuentres las relaciones sentimentales entre militares. Cuando uno de los miembros de la pareja está a las órdenes del otro, éste debe calificar su conducta, asignarle guardias o imponerle arrestos, con el consiguiente recelo de sus compañeros. 'Es obvio que estas relaciones son perturbadoras para la disciplina', alega el subsecretario de Defensa, Víctor Torre de Silva.

Para intentar resolver este problema, el reglamento publicado el sábado en el BOE señala, como causa para no poder acceder a un destino o para el cese forzoso en el mismo, el 'ser cónyuge o mantener análoga relación de afectividad, así como tener una relación de parentesco hasta segundo grado de consanguinidad [padres, hijos y hermanos] o afinidad [suegros, yernos, nueras y cuñados] con otro militar profesional destinado en la misma unidad, centro u organismo y existir una relación de mando orgánico directo o de subordinación en los mismos términos'.

Los militares ya no están obligados a pedir autorización para contraer matrimonio, pero sí deben comunicarlo, por lo que esta relación es de dominio público, como también lo son las de consanguinidad o afinidad. El problema radica en cómo demostrar una 'relación de afectividad análoga a la conyugal'. Torre de Silva alega que no podía excluirse a las parejas de hecho, porque supondría discriminar a los matrimonios y porque son tan distorsionadoras como aquéllos.

La definición de 'relación de afectividad análoga a la conyugal', agrega, se ha tomado de otros textos legales, como la Ley de Arrendamientos Urbanos o la de Apoyo a la Movilidad Geográfica de las Fuerzas Armadas. En ambas normas, sin embargo, dicha definición se acompaña de un dato objetivo: la convivencia durante al menos dos años. Además, al menos uno de los afectados, para obtener los beneficios previstos, tiene interés en demostrar su relación de afectividad, mientras que aquí lo lógico es que ambos intenten ocultarla.

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El cese forzoso, aunque en este caso no se contempla como castigo, sino más bien como incompatibilidad, es una de las sanciones más duras previstas en la ley disciplinaria militar, que la reserva para las faltas graves, junto al arresto de hasta dos meses. No supone un mero traslado, sino la pérdida del destino y la necesidad de concursar por otra vacante, no siempre en la misma localidad.

Para asegurar las debidas garantías, el decreto señala que 'el ministro de Defensa determinará las normas generales de cese por esta causa' y que el expediente incluirá 'la audiencia previa de los interesados, cuyas manifestaciones constarán por escrito'.

Torre de Silva asegura que los militares no tendrán que informar sobre sus 'relaciones de afectividad'. El expediente, explica, deberá basarse en pruebas objetivas, cuando existan, o en el testimonio de terceros. Y aunque se dará audiencia a los afectados, 'no se les podrá obligar a declarar sobre su intimidad, pues podría ir contra la Constitución'.

Este responsable de Defensa sostiene que incluir la convivencia como elemento objetivo para acreditar dicha relación no ayudaría a solucionar el problema. Y que limitar el cese forzoso a aquellos supuestos en los que se acredite la efectiva perturbación del funcionamiento de las unidades dificultaría la labor probatoria.

Se trata, según Torre de Silva, de 'llevar a la norma lo que se está haciendo en la práctica, con notable prudencia e insuficiente respaldo legal'. Recientemente, una marinera fue desembarcada de un buque que se marchaba de maniobras al trascender sus relaciones con un superior.

Para Defensa, el objetivo no es tanto aplicar la medida, sino contar con un 'instrumento disuasorio', una 'herramienta para los casos más enconados', para 'aquella gente que no se avenga a una salida razonable'.

'No haremos una caza de brujas, ni resucitaremos los tribunales de honor', concluye Torre de Silva. El decreto no especifica quién cesará en el destino: si el superior o el inferior. Eso quedará, como muchos otros extremos, al criterio del mando.

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Sobre la firma

Miguel González
Responsable de la información sobre diplomacia y política de defensa, Casa del Rey y Vox en EL PAÍS. Licenciado en Periodismo por la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB) en 1982. Trabajó también en El Noticiero Universal, La Vanguardia y El Periódico de Cataluña. Experto en aprender.

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