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El Tribunal de la UE anula dos decisiones de la Comisión

El Tribunal de Primera Instancia de la Unión Europea quitó ayer la razón a la Comisión Europea respecto a las dos decisiones que adoptó en julio del año pasado contra el régimen fiscal del que se benefician las sociedades instaladas en paraísos fiscales, en este caso en Gibraltar.

Bruselas consideró que el sistema impositivo acordado por el Gobierno gibraltareño podía constituir una ayuda pública bajo la forma de ventaja fiscal, incompatible con el actual Tratado de la Unión Europea.

El Tribunal de Primera Instancia anuló las dos decisiones del Ejecutivo comunitario porque considera que en el caso del procedimiento abierto contra las sociedades exentas 'se cometieron errores al calificar la normativa', que planteaba problemas.

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Respecto a la legislación sobre las sociedades 'beneficiarias', el Tribunal desestimó el recurso de la Comisión por 'infundado'. La Comisión tiene ahora derecho a recurrir la decisión durante los próximos dos meses ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas.

Las empresas que están instaladas en El Peñón pueden acogerse, según la legislación vigente, a dos tipos impositivos reducidos, uno para las sociedades instaladas en paraísos fiscales y denominadas 'cualificadas' y otro para las sociedades de ese tipo y denominadas 'exentas'.

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