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El PSOE insiste en que sea el fiscal quien solicite ilegalizar un partido

Acebes pedirá incluir a Batasuna en la lista europea de grupos terroristas

Luis R. Aizpeolea

La insistencia en que sea el Ministerio Fiscal quien tome la iniciativa en la demanda de ilegalización de un partido, que la Sala Civil del Tribunal Supremo sea el órgano competente sobre la ilegalización y el rechazo de la retroactividad de la norma son las principales novedades del texto de doce folios que el PSOE ha enviado al Gobierno para negociar un acuerdo sobre la Ley de Partidos. A su vez, el ministro de Justicia, Ángel Acebes, anunció ayer que 'en cuanto se ilegalice Batasuna pasará a integrar la lista europea de organizaciones terroristas'.

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El secretario general de la Presidencia, Javier Zarzalejos, y el interlocutor socialista del Pacto por las Libertades, Alfredo Pérez Rubalcaba, han iniciado las negociones para cerrar el acuerdo y han delimitado como prioritarias en su agenda estas cuatro cuestiones: la retroactividad, las instituciones legitimadas para instar la declaración de ilegalidad, la Sala del Tribunal Supremo competente para declarar la disolución del partido o desestimar la demanda y las causas de disolución recogidas en el artículo 9 del protecto de ley.

Frente a la propuesta socialista de que sea la Sala Civil del Tribunal Supremo la competente sobre la ilegalización de un partido, el Gobierno defiende que lo sea la Sala Especial del alto tribunal, tal y como aparece recogida en su proyecto de ley. Los socialistas alegan que la Sala Especial es competente en 'procedimientos internos' mientras que el Ejecutivo, aunque admite que esa ha sido su dedicación, estima que la presencia de magistrados de todas las salas en la Especial la hace más adecuada para una responsabilidad judicial de este calibre.

Más polémica resulta para el Gobierno la insistencia del PSOE -como recoge en su texto- en que sea el Ministerio Fiscal el promotor de la ilegalización de un partido. Los socialistas quieren dejar fuera de esta iniciativa al legislativo y a los partidos por razones jurídicas y políticas. Sin embargo, el Gobierno sigue creyendo necesaria, por su trascendencia pública, la implicación de todas las instancias -legislativo, ejecutivo y judicial- en la iniciativa de la demanda de ilegalización de un partido. Para que no hubiese dudas, el ministro de Justicia, Ángel Acebes, señaló ayer en un encuentro informativo organizado por el foro Europa 2.000 Press: 'Lo esencial es que los representantes de la soberanía del pueblo tengan legitimidad para proceder a la ilegalización'.

Sin embargo, el asunto más polémico en la negociación será, según el Gobierno, el de la retroactividad de la norma. Los socialistas, en su texto de doce folios, proponen una nueva redacción de la disposición transitoria del proyecto de ley que elimine su carácter retroactivo. Dicha disposición, tal y como está redactada ahora, dice: 'La Constitución, en fecha inmediatamente anterior o posterior a la entrada en vigor de la presente ley orgánica, de un partido político que continúe o suceda la actividad de otro ya inscrito, realizada con la intención fraudulenta de evitar la aplicación a éste de las disposiciones de esta ley, no impedirá dicha aplicación, pudiendo actuarse respecto de aquél conforme a lo previsto en los artículos 10 y 11 de esta ley orgánica, correspondiendo a la Sala Especial del Tribunal Supremo la apreciación de la continuidad o sucesión y la intención de defraudar'.

El ministro de Justicia precisó ayer que la Ley de Partidos tendrá plena eficacia a partir de su entrada en vigor y dejó claro que para ilegalizar un partido se tendrán que producir hechos nuevos. Sin embargo, matizó que eso 'no significa poner el contador a cero' y 'olvidar todas las condenas que tienen muchos de sus integrantes por pertenencia o colaboración con ETA o dejar de lado los procesos judiciales abiertos en la Audiencia Nacional contra los afiliados de la coalición aberzale'.

En cuanto al artículo 9, sobre las causas de disolución de un partido, el PSOE propone una redacción que evite 'conceptos jurídicos indeterminados que pueden ser utilizados arbitrariamente', como cuando señala que la ley va dirigida contra los que 'no respetan los principios democráticos y valores constitucionales' o cuando fija, entre los motivos de disolución de un partido 'fomentar o propiciar el odio como método para la consecución de objetivos políticos'.

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