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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Sería prematuro

El juez Garzón considera prematuro llamar a declarar como imputado al secretario de Estado de Hacienda, Estanislao Rodríguez Ponga, en relación al caso de las cuentas secretas del BBV en paraísos fiscales. Ello da un cierto respiro al Gobierno, que no hubiera podido evitar su cese si el juez hubiera seguido la petición de la Fiscalía Anticorrupción. Garzón también ha evitado que los efectos del caso se dejen sentir sobre el actual organigrama del BBVA, renunciando a imputar 'por el momento' al actual número dos de la entidad, José Ignacio Goirigolzarri.

El instructor se ha situado en una posición de prudencia a la hora de traspasar la línea de la imputación, que siempre tiene -no sólo en los dos casos citados- un efecto de penalización social o política. Entiende Garzón que los hechos delictivos no están suficientemente establecidos, por lo que se refiere a diversas operaciones realizadas en América Latina, ni acreditadas debidamente las vinculaciones personales de Rodríguez Ponga, al que un testigo protegido, antiguo ex directivo del BBV Puerto Rico, ha acusado de ser el autor de un manual para evadir capitales. El responsable de Hacienda ha argumentado en su defensa que ya no estaba en el banco cuando se editó el manual en cuestión, y que nunca fue directivo de la entidad bancaria, extremos que han sido corroborados por el BBVA.

Pero una cosa es que el secretario de Estado defienda su honorabilidad y otra que lo haga acusando implícitamente de prevaricación a la fiscalía que formuló el escrito acusatorio. Eso es lo que hizo al afirmar que su imputación no respondía a su pasado en el BBV, sino a su presente como alto cargo. Con ello se sumaba al barullo mediático que trata de desautorizar a la fiscalía bajo el argumento de que se trata de una criatura de los socialistas para autoexculparse a sí mismos. Lo cierto es que fue el PP el que propuso, en el debate del estado de la nación de 1994, la creación de esa institución.

La fiscalía no se apartó de sus funciones al solicitar que Rodríguez Ponga declarase como imputado tras la acusación del testigo protegido. Garzón ha preferido, en uso de sus atribuciones, no dar el paso sin haber confirmado, al menos indiciariamente, esa acusación por otros medios. En el caso de un alto cargo político es lógico que la imputación implique el cese, e inevitable que ello sea interpretado por la opinión pública como un implícito reconocimiento de culpabilidad. Pero no deja de ser sorprendente que el juez haya decidido citar a Rodríguez Ponga como testigo para someterle a un careo con el testigo protegido, lo que no deja de tener algún riesgo procesal: de salir imputado de ese careo, Rodríguez Ponga podría alegar indefensión y viciar de nulidad el procedimiento por vulneración de sus garantías. Ese riesgo, nada infundado, constituye el núcleo del recurso de la Fiscalía Anticorrupción al juez Garzón para que modifique su decisión. Hay, pues, una cierta contradicción entre dos criterios jurídicos que deben ser respetados, sin que ello autorice a proyectar sospechas de manera automática sobre la fiscalía o el juez instructor. El sistema judicial dispone de recursos que habrán de dilucidar este desencuentro.

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