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El nuevo IRPF fija como mínimo para no declarar 22.000 euros de ingreso anual

Los intereses, planes de pensiones, fondos de inversión y seguros pagarán menos con la reforma

El Consejo de Ministros dio ayer un primer visto bueno a la reforma del IRPF que entrará en vigor en 2003 (declaración de 2004). La reforma fija en 22.000 euros el mínimo exento para no declarar. La tarifa quedará en cinco tramos, con un tipo máximo del 45% que se aplicará a partir de 45.000 euros de ingresos anuales frente al tipo máximo del 48%. Aunque el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, aseguró ayer que 'todos van a salir ganando', en torno a 300.000 contribuyentes (cerca del 2% del total) serán los menos beneficiados porque ya se les aplicaba el 45%. En cambio, la tributación del ahorro y plusvalías mejorará.

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La nueva tarifa de cinco tramos sustituye a la actual de seis, con la particularidad de que el nuevo tipo máximo (45%) se va a aplicar a partir de una cantidad más baja (45.000 euros). La tarifa se achata frente a la actual (el máximo del 48% opera a partir de 67.433 euros) y la consecuencia es que los contribuyentes que ganan más de 45.000 euros y menos de 67.433 al año van a mejorar muy poco con la reforma, sobre todo si se trata de solteros sin hijos. Montoro aseguró ayer que así 'se ganará en progresividad'. El coste estimado de la reforma será del 0,2% del PIB, unos 1.300 millones de euros.

Con ingresos entre 45.000 euros al año y 67.433 se encuentra apenas un 2% de los contribuyentes del IRPF (unos 300.000), según las últimas estadísticas oficiales publicadas. No son rentas elevadas, aunque la pobreza recaudatoria del actual IRPF en los tramos altos les lleva a situarse entre una minoría privilegiada. La mitad de los declarantes del IRPF está en un máximo de 13.800 euros y sólo el 8% supera los 30.000 euros.

Los que ganan más de 45.000 euros tributarán a un tipo (el 45%) muy similar al actual, pero con la diferencia de que ahora tienen un tramo por encima del 48%. No se puede decir, sin embargo, que empeoran con la reforma. La rebaja de toda la escala (el mínimo pasa del 18% actual al 15%) beneficia a todos, ya que la tarifa está construida de forma progresiva. Los primeros 4.000 euros pagan al 15%, entre 4.000 y 13.800 al 24% y así hasta el techo máximo del 45% que se aplicará a todo lo que exceda de 45.000 euros.

Mínimos personales escasos

También mejoran en general los llamados mínimos personales y familiares (la cantidad que se descuenta de los ingresos y no tributa), lo que supondrá una rebaja para todos, que será mayor si se tienen hijos y menor si se está soltero y sin descendientes. El llamado mínimo personal, que se aplican los 14 millones de contribuyentes, apenas se elevará un 2,8% para quedar en 3.400 euros (el doble en la declaración conjunta). Los 3.305 euros actuales han estado congelados desde el año 1999.

Los hijos, ascendientes y discapacitados tendrán, en cambio, un tratamiento más generoso en el nuevo impuesto. Aumentarán los descuentos, especialmente por hijos (ver cuadro), con la novedad de los 100 euros de paga o deducción que las mujeres que trabajan fuera de casa -de forma autónoma o dependiente- recibirán de Hacienda. Esta paga o deducción beneficiará a unas 460.000 mujeres, según cálculos oficiales.

Otra mejora general es la que afectará a la reducción por rentas del trabajo. Beneficiará prácticamente a todos los contribuyentes del IRPF, ya que el 83,5% de los declarantes del impuesto son asalariados. La deducción se sitúa entre 2.400 y 3.500 euros y es más alta cuanto menores son los ingresos que se declaran. Cuando se trata de rentas irregulares (generadas en varios años, por ejemplo, las opciones sobre acciones) la reducción pasa del 30% al 40%. La obligación de declarar se sitúa en 22.000 euros anuales.

Las rentas del capital y plusvalías suavizarán también su contribución al impuesto. La medida más importante es la que reducirá del 18% actual al 15% la tributación de las plusvalías, es decir, lo que se paga por la diferencia entre el precio de compra y de venta de un bien patrimonial con más de un año en posesión. La plusvalía por cambio de fondo de inversión estará exenta siempre que el traslado sea automático, beneficio que no se aplicará a otros instrumentos de ahorro.

Los intereses de cuentas corrientes sólo habrá que declararlos en un 60% (antes un 70%), cuando se generen en más de dos años y a partir de ahí tributarán a la tarifa general del impuesto. En los seguros también mejorarán las deducciones, de forma que sólo habrá que declarar por el 60% de lo que se perciba, si han transcurrido más de dos años y por el 25% con más de cinco años.

Aumentarán los límites para planes de pensiones (8.000 euros anuales) con la novedad de que los beneficios fiscales actuales se aplicarán también a otros productos similares, como los llamados seguros de jubilación. Se crea también una reducción para los arrendadores de viviendas del 25% sobre el producto del alquiler, que aumenta hasta el 50% si el piso está desocupado. Ese incentivo se podrá mantener durante cinco años.

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