El Tribunal Supremo ordena investigar en Cantabria el tendido de fibra óptica en las líneas de alta tensión
El tendido de la línea de transporte de energía eléctrica de alta tensión entre Asturias y el País Vasco, conocida como el corredor del Norte, deberá someterse a los dictados de un pequeño ayuntamiento de Cantabria, Penagos, y de una asociación vecinal. Lo acaba de decidir el Tribunal Supremo en una sentencia que obliga al Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) a rectificar sus decisiones favorables a las tesis de Red Eléctrica de España en un pleito que ya dura diez años.
La empresa eléctrica tiene que someter las obras realizadas en las líneas Garoña-Penagos y Puente San Miguel-Penagos a una prueba pericial que ratifique o descarte la sospecha municipal y vecinal de que Red Eléctrica está aprovechando una licencia de reparación de averías para llevar a cabo la instalación, con fines de telecomunicaciones, de fibra óptica en el cable de tierra de las líneas de alta tensión.
El TSJC había rechazado en 1997 las pretensiones del Ayuntamiento de Penagos y de la combativa asociación vecinal constituida para oponerse a la forma en que se estaban ejecutando los trazados de las líneas de alta tensión en Cantabria, negándoles toda posibilidad de llevar a efecto las pruebas solicitadas sobre la instalación y la utilidad de la fibra óptica en la red.
El Tribunal Supremo considera, en cambio, que dichas pruebas son 'claramente procedentes en el pleito'. 'Una petición de ese tenor no puede ser despachada del modo que lo hizo la Sala de instancia', ya que 'la prueba sobre la función de la fibra óptica era trascendental', dice el alto tribunal.
Según el abogado santanderino Fernando Merodio, que asesora a la Asociación Cántabra de Afectados por la Alta Tensión, la mayor repercusión de esta sentencia radica en el hecho de que el Tribunal Supremo haya admitido algo que los vecinos vienen solicitando desde hace años: 'Introducir en el debate jurídico sobre la implantación de las líneas de alta tensión una valoración sobre el uso que se estaría realizando de éstas como soporte de una red encubierta de fibra óptica, con fines de telecomunicaciones, ajenos a los que les son propios a tales líneas y al estricto contenido de las servidumbres constituidas para el paso de la energía eléctrica de alta tensión'.
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