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12.000 euros por fallecimiento, 9.000 por destrucción de la vivienda familiar

El procedimiento general para pedir ayudas al Estado en caso de catástrofes como el diluvio caído el domingo sobre Santa Cruz de Tenerife, se recoge en una orden del Ministerio del Interior de 1993. Las reclamaciones de los particulares las resuelve la Dirección General de Protección Civil, dependiente de ese ministerio, que otorgará las ayudas pertinentes en función de los daños sufridos y la situación económica de cada afectado. En todo caso, estas ayudas públicas son independientes a las indemnizaciones por bienes asegurados que se encargaría de abonar el Consorcio de Compensación de Seguros.

Todo el que quiera solicitar esas ayudas oficiales deberá seguir los siguientes pasos:

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- Solicitudes. Deben presentarse en la Subdelegación del Gobierno de la provincia en la que se produce la catástrofe. La administración las resolverá en el plazo máximo de seis meses.

- SBeneficiarios de las ayudas. Son las personas o familias de bajos ingresos. Si se trata de una persona sola, sus ingresos no pueden superar el salario mínimo interprofesional. Si son dos personas, no podrán pasar del salario mínimo más un 20% de éste y así sucesivamente hasta el doble del salario mínimo para familias de más de cinco personas.

- Daños cubiertos. Las cantidades máximas a recibir dependen de los daños sufridos:

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-por destrucción total de la vivienda: 9.015 euros.

-por daños que afecten a la estructura de ésta: el 50% de su valor sin superar los 6.010 euros.

-por daños que no afecten a la estructura de la vivienda: el 50% de su valor sin pasar de 3.005 euros.

-por destrucción de enseres de primera necesidad: 1.502 euros.

-por cada miembro fallecido de la familia: 12.020 euros, siempre que los demás familiares dependieran de él.

-por cada miembro al que la catástrofe le haya producido la incapacidad permanente: 12.020 si los demás familiares dependieran de su sueldo.

- Documentación necesaria. La solicitud de ayuda debe acompañarse del DNI de los miembros de la familia, de la fotocopia del libro de familia, de la última declaración del impuesto sobre la renta y de un informe del ayuntamiento que relacione con la catástrofe los daños sufridos o el fallecimiento, en su caso. Si la ayuda se solicita por la destrucción de la propia vivienda o de enseres de primera necesidad habrá que presentar también un documento que acredite la propiedad de la vivienda y la póliza de seguros si es que la hay.

Una vez que la comisión de crisis (que engloba a todas las administraciones competentes en la zona) redacta el balance de daños, que en el caso de Santa Cruz de Tenerife asciende a 86 millones de euros, de los cuales 20 millones valoran los sufridos por bienes particulares, se espera que el Gobierno central apruebe cuanto antes un decreto-ley que autorice fondos extraordinarios para afrontarlos.

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