Donde la agonía topa con la ley
Un juzgado de Zaragoza deniega el aumento de pensión porque el demandante es enfermo terminal
El juzgado de lo social número 6 de Zaragoza ha denegado un aumento de pensión a un enfermo, J. L. G., que había solicitado la gran invalidez por estar en fase terminal de un cáncer de riñón y necesitar a una persona que le cuide de forma permanente tras el agravamiento de su estado. Su esposa ha tenido que dejar el trabajo para dedicarse a esa tarea.
La sentencia, hecha pública el pasado 15 de febrero, fue recogida ayer por el periódico de Zaragoza Heraldo de Aragón. En la actualidad el demandante cobra pensión de invalidez permanente (100% de la base reguladora, con lo que desde 2000 percibe 657 euros) y reclamaba la de gran invalidez (150%, es decir 985 euros).
En agosto de 2001, J.L.G. solicitó la revisión de su pensión dado el agravamiento de su enfermedad, porque la metástasis le había llegado a la cabeza en la zona occipital. Se le trató con quimioterapia en tres ciclos de seis semanas. Ahora el paciente presenta un cuadro clínico de fiebre alta, fatiga, escalofríos, anorexia, náuseas, vómitos, mialgias, debilidad física con pérdida de peso, decaimiento y malestar general.
El juzgado ha aplicado jurisprudencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, que ha fallado de forma similar en otras ocasiones. El veredicto, que según el abogado del demandante va a ser recurrido, es tajante: hace expresa referencia al avance de la metástasis del cáncer de riñón y afirma que el enfermo se encuentra en estos momentos sin 'posibilidad de tratamiento y con expectativas de corta vida'. Según jurisprudencia del Tribunal Superior aragonés, para conceder la pensión correspondiente a gran invalidez se requiere que existan 'perspectivas de futuro de cierta estabilidad'.
La sentencia añade que para aplicar correctamente el artículo 143 de la Ley de la Seguridad Social, hay que desechar situaciones en las que se prevea un desenlace fatal o en las que la curación resulte imposible.
Testimonios de los expertos médicos confirmaron en el juzgado que la enfermedad es irreversible. Una doctora del Hospital Miguel Servet, que trata al paciente, constató la metástasis y cifró la esperanza de vida de J. L. G. en torno a seis meses, aunque matizó que este plazo podría variar en función de la resistencia del enfermo.
El letrado del demandante mantuvo en el juicio que la petición no podía considerarse como una mera cuestión económica. El fallo judicial reconoce que el paciente necesita de la atención permanente de una persona que pueda auxiliarle en las actividades básicas.
'Lo que resulta inaudito', dice el abogado de J. L. G., 'es que digan que le queda poco tiempo de vida y utilicen ese mismo argumento para denegar la pensión de gran invalidez'. El letrado recuerda que 'en caso de que el enfermo fallezca, a su viuda le quedaría la misma pensión que en la actualidad aunque le concedieran a su marido la gran invalidez . Ella lo que quiere es poder pagar a alguien que le ayude durante todo el día'.
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