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'Habemus' requisito lingüístico

La Consejería de Educación ha elaborado un decreto que regula la acreditación de conocimientos de valenciano por el profesorado de la enseñanza no universitaria. Tan esperada norma deberá tenerse en cuenta en los procesos selectivos de ingreso a la función pública docente, en la adscripción a puestos de trabajo en comisión de servicios, en la movilidad de los funcionarios mediante los concursos de traslados y en los nombramientos con carácter temporal. Simultáneamente, se ha establecido también que los puestos de trabajo tendrán un perfil bilingüe a lo largo de los diferentes tramos educativos y no tan sólo en los niveles básicos como hasta ahora.

La mayoría sindical que representa al profesorado -con una sola excepción- ha apoyado la propuesta de la consejería en estos aspectos tan importantes para dar coherencia a un sistema educativo que, como el valenciano, es bilingüe. La clamorosa demanda cívica en este sentido, así como las posiciones coincidentes de los partidos de la oposición otorgan un alto consenso social a la medida de la Administración.

El retraso de casi veinte años para establecer expresamente el obligado conocimiento de ambas lenguas oficiales por quienes tienen la responsabilidad de enseñarlas en los centros educativos -la Ley de Uso y Enseñanza del Valenciano es de 1983- le resta brillo a una acción de gobierno que nuevamente ha hecho de la necesidad una virtud. Atrás han quedado las omisiones de los gobiernos socialistas, así como las razones del consejero Manuel Tarancón para no hacer lo que finalmente ha tenido que hacer. Hasta hace muy poco, afirmaba que el requisito lingüístico atenta contra la igualdad de las personas. Del mismo tenor eran las declaraciones del director general del ramo, Josep Vicent Felip, el cual, más prudente, pero con argumentos igualmente inconsistentes, siempre ha objetado que las leyes valencianas no lo permitían. Hay que celebrar que hayan cambiado de parecer, ya que, como habrán podido comprobar, ni las leyes han sido modificadas ni las comunidades autónomas que piden desde hace mucho tiempo el conocimiento de la lengua propia a su profesorado han tenido que renunciar a ello obligadas por la norma constitucional, garantía de los derechos de los ciudadanos y las ciudadanas.

Pero no todo son trompetas y fanfarrias. En el mencionado decreto se ha incluido la posibilidad de hacer excepciones a la acreditación del conocimiento del valenciano, sin limitación de ámbitos ni de tiempo. Lo que en ciertos casos podría ser razonable, y hasta inevitable -por ejemplo, en novísimas especialidades de la Formación Profesional que no cuentan con bolsas de trabajo constituidas- no lo es en muchos otros. Escarmentados por prácticas que han llegado hasta el día de hoy, se propuso -sin éxito alguno- que, cuando menos, la excepción a la regla no afectara deliberadamente a los centros que apliquen programas de enseñanza en valenciano o de inmersión lingüística, no sólo porque es de sentido común, sino también porqué hay suficiente profesorado titulado para cubrir las vacantes que se puedan producir en estos centros; y, en todo caso, las necesidades que se planteen en el futuro hay que preverlas hoy con los correspondientes planes de formación.

Además de tal excepción, se ha establecido la dispensa por doce años del conocimiento del valenciano a los funcionarios de carrera de los centros donde no se imparta ninguno de los programas de enseñanza bilingüe (diez años a partir del curso 2003-04), lo cual no solamente es excesivo, sino contradictorio con la obligación de la Administración de ofrecer la materia de valenciano. No se tienen noticias de que ningún profesor dispuesto a adquirir los conocimientos de valenciano requeridos haya necesitado nunca una década para conseguirlo. No parece un plazo pensado para facilitar la formación, sino más bien una renuncia indefinida a promover la lengua en estos centros. La consecuencia será que el alumnado no podrá o tendrá muchas dificultades para aprenderla, además de entorpecer la actitud favorable de muchos profesores que ya imparten la materia.

En el capítulo de las ambigüedades queda también lo que se refiere a los planes de formación del profesorado, sin los compromisos adecuados y explícitos al respecto, una cuestión ésta fundamental cuando se requieren de los trabajadores y trabajadoras públicos unas condiciones de tan largo alcance y de manera tan generalizada.

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Habemus requisito lingüístico, y manga ancha para administrarlo.

Vicent Esteve es maestro de Educación Primaria y delegado sindical del STEPV.

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