Un juzgado archiva la denuncia de Manos Limpias contra la Aemet y la Confederación del Júcar por la dana
El juez considera que no hay una “atribución de hechos penalmente relevantes” sobre las entidades


El Juzgado de Instrucción número 15 de Valencia ha acordado el sobreseimiento provisional de las diligencias abiertas por dos denuncias interpuestas por el pseudo sindicato Manos Limpias contra responsables de la Aemet, la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) y la Agencia Valenciana de Emergencias por su gestión frente a la dana, que acabó con la vida de 224 personas el pasado 29 de octubre.
El magistrado no aprecia “una atribución de hechos penalmente relevantes a cada uno de los denunciados que permita su imputación judicial, siquiera provisional”, por lo que su planteamiento, “por completo genérico, aboca a una auténtica investigación o causa general”. La resolución explica que “no es posible iniciar procesos penales para investigar en general a una persona, un entero ámbito profesional o empresarial o un fenómeno social, por atroces o lamentables que puedan parecer”. Así, indica que la denominada inquisitio generalis o causa general “no tiene legitimidad constitucional, tal y como ha declarado en diversas ocasiones el Tribunal Constitucional.
En un auto notificado este jueves, el titular del juzgado señala que en las denuncias no está “suficientemente justificada” la atribución de la comisión de delito alguno y añade que los denunciantes plantean una causa general o investigación prospectiva, algo que está proscrito en la legislación penal de un Estado constitucional.
El magistrado desgrana y evalúa las funciones atribuidas a la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet), a la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) y a la secretaría Autonómica de Emergencias de la Generalitat, así como las estructuras y organización de estas instituciones.
Respecto la presidenta de la Aemet, María José Rallo, sostiene que la denuncia no expone ni un solo hecho atribuido a esa responsable que sea “penalmente reprochable”, ni tampoco cuáles de sus funciones habría omitido la denunciada que, “con relación de causalidad, hubiera provocado la muerte o lesión de persona alguna o daños en los bienes de los ciudadanos afectados”.
La misma conclusión alcanza el titular del Juzgado respecto al presidente de la CHJ, Miguel Polo, sobre el que indica que no se “alcanza a entender” por qué se denuncia, más allá del hecho de ser el presidente de ese ente hídrico.
Por último, respecto al entonces secretario autonómico de Seguridad y Emergencias, Emilio Argüeso, el auto establece que la denuncia no aporta los motivos “por los que el denunciado es quien es y no cualquier otro” y tampoco expone “un solo hecho atribuible” al mismo, “por lo que aún menos cabe considerar que haya cometido hechos penalmente relevantes”.
“Se ignora el motivo por el que el hecho de que no se enviara un aviso a la población hasta las 20:10 horas desde el CECOPI (Centro de Coordinación Operativa Integrado) pueda servir de base para imputarle”, afirma el instructor
Además de acordar el sobreseimiento provisional de las diligencias abiertas por esas dos denuncias, el titular del Juzgado de Instrucción 15 de Valencia ha decidido no tener como acusación popular a Manos Limpias en el procedimiento hasta que interponga la preceptiva querella o satisfaga la fianza que en su momento se le pueda imponer.
Además de esta denuncia, el Tribunal Superior de Justicia decidió el pasado diciembre que las querellas presentadas ante esta instancia debían ser investigadas, en primer término, por un juzgado y que, en el caso de que se detecten indicios de criminalidad en la actuación del presidente de la Generalitat, Carlos Mazón, se reclame la intervención del TSJ, que es este el competente, dada la condición de aforado del dirigente del PP. Una de esas acusaciones insiste en que las pesquisas se deben realizar desde el tribunal superior mientras que otros denunciantes anunciaron su decisión de acudir a los juzgados.
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