La Fiscalía apoya que se investigue la posible responsabilidad penal de Carlos Mazón por la gestión de la dana
El ministerio público respalda que la investigación de los hechos sea única y conjunta tras la presentación de siete denuncias y querellas
La Fiscalía de Valencia apoya que los tribunales investiguen la posible responsabilidad penal del presidente de la Generalitat valenciana, Carlos Mazón (PP), por la gestión de la dana. Así lo expone el ministerio público en un escrito presentado ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que acordó acumular en una misma causa las siete denuncias y querellas interpuestas contra Mazón como máximo responsable de la gestión de la riada que el pasado 29 de octubre causó 223 muertes y decenas de miles de damnificados en la provincia de Valencia.
De las siete denuncias y querellas acumuladas en esta causa, seis señalan a Carlos Mazón o bien a la exconsejera de Interior y Justicia Salomé Pradas. Solo una pide investigar también a cualquier otra autoridad en la que, como consecuencia de las pesquisas, se observe responsabilidad penal. Los querellantes y denunciantes atribuyen a Mazón y a Pradas la comisión de los delitos de prevaricación, lesiones y homicidio imprudente, omisión del deber de socorro, daños imprudentes y contra los derechos de los trabajadores, “como consecuencia de la no adopción de algunas decisiones que, a su parecer, hubiesen evitado o mitigado el fatal resultado por el número de fallecidos”, señala la Fiscalía. “De ese relato derivan una genérica relación causa/efecto con una atribución de responsabilidad criminal de naturaleza objetiva, que se verifica en exclusiva atención al resultado, al margen de la concreta intervención de los denunciados que, a día de hoy, no consta singularizada”, añade el ministerio público.
En el escrito, la fiscal María José Montesinos de Lago hace referencia además a que todas las acusaciones hablan de la “desatención de sus deberes como máximas autoridades autonómicas valencianas” e indican que, “ajenos a los escenarios de alertas y mensajes que se estaban emitiendo por distintos organismos, omitieron el dictado de resoluciones y de decisiones que eran de su competencia, y de ese modo no evitaron o, cuanto menos, no redujeron la entidad de la catástrofe acaecida”. Esas acusaciones se refieren, entre otras cosas, al aviso que la Agencia Estatal de Meteorología, Aemet, dio varios días antes y que ese martes elevó a nivel rojo en Valencia.
El ministerio público se pronuncia así a favor de que se investiguen las responsabilidades penales de los querellados y apunta a que “es más que razonable realizar una única instrucción dada la magnitud de la causa, la complejidad de los hechos, la participación como querellados y denunciados de múltiples autoridades políticas y responsables de Organismos públicos, la previsible dificultad de la investigación y el ingente número de perjudicados, y de posibles testigos y peritos”. “Entendemos que en todas las denuncias subyace la misma atribución de hechos, con independencia de las distintas calificaciones jurídicas efectuadas por los querellantes y denunciantes, y, de manera unánime, basada en la omisión e infracción de los deberes propios e inherentes a la función de los denunciados”, indica.
En su informe, la fiscalía hace un repaso por cada una de las querellas. Sobre la de Iustitia Europa destaca que señala que Mazón “dejó de activar medidas de prevención que pudieran haber reducido de forma significativa el impacto de la catástrofe, y en especial, los fallecimientos y daños personales”. Esta incluye en su relato de acusación también la ausencia del Presidente de la Generalitat en momentos críticos del día 29 de octubre, “y en concreto durante varias horas del mediodía”, en las que estuvo comiendo en un restaurante de la capital valenciana. En otra de las denuncias, la acusación habla de un presunto delito de prevaricación “en tanto que la ausencia de actuación oportuna en la implementación de los servicios de emergencia y comunicación a la población constituye una presunta decisión injusta y contraria al interés general”. Además, una de las querellas de la CGT señala también al director general de Emergencias, Alberto Javier Martín Moratilla, y al secretario autonómico Emilio Argüeso como responsables de un delito de homicidio imprudente y lesiones por imprudencia.
Reproduce también el informe de la Fiscalía parte de otra querella que atribuye a Carlos Mazón “la comisión del delito de crimen de centenares de muertes por imprudencia, por negligencia, por no estar donde procedía en su condición de primer responsable ante la situación de emergencia provocada por la Dana; por desidia, indiferencia, y desprecio hacia la ciudadanía…por dejación de responsabilidades”.
En cualquier caso, la Fiscalía considera que, en este punto, la investigación no corresponde al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, competente tanto para las pesquisas como para la imputación del presidente de la Generalitat, en el caso de que existieran indicios, dada su condición de aforado, el inicio de una investigación. Y, por tanto, las acusaciones contra él han de esperar a que se realice “una completa investigación judicial sobre los hechos acaecidos concretando la intervención, o, en su caso, inacción, de cada uno de los querellados y denunciados” en un juzgado de instrucción. Este deberá, posteriormente, y en el caso de que existan indicios de criminalidad suficientes contra Carlos Mazón, elevar una exposición razonada ante el Tribunal Superior de Justicia para que decida.
En paralelo a estas querellas contra dirigentes del Gobierno valenciano, el Tribunal Supremo tiene registradas, al menos, nueve querellas contra miembros del Ejecutivo central por delitos como homicidio imprudente y omisión del deber de socorro, por su gestión de la dana. Estas se dirigen contra el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez; contra el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, por no activar el estado de emergencia y tomar el control; y contra la exvicepresidenta Teresa Ribera por su responsabilidad en la Confederación Hidrográfica del Júcar, órgano al que el PP ha tratado de endosar la culpa por un supuesto “apagón informativo” el día de la tragedia.
Una de las causas abiertas en el Supremo fue un recurso contencioso-administrativo formulado contra Pedro Sánchez por “la inactividad del Presidente del Gobierno de España” así como del Ministro de Interior, Fernando Grande Marlaska, “en la gestión de la emergencia catastrófica producida por la dana el día 29 de octubre de 2024 y siguientes”. El tribunal ha decidido no admitir el recurso al considerar que no es esa la jurisdicción en la que se pueda tratar la inactividad del Gobierno por no declarar el estado de alarma pero también “por falta de legitimación activa”.
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