550.000 firmas exigen en el Congreso que el maltrato a animales se tipifique como delito
La Fundación Altarriba solicita que la legislación española se equipare a las de otros países
La fundación catalana Altarriba, Amigos de los Animales, presentará mañana en las sedes de los partidos en el Congreso un escrito, con 550.000 firmas, solicitando que sea modificado el Código Penal (CP) para que castigue el maltrato a los animales domésticos con penas de cárcel. La solicitud va acompañada de un estudio comparativo de las leyes más avanzadas europeas (británica, italiana, sueca y suiza) en la materia. España no dispone de una ley estatal al respecto, mientras el CP español sólo contempla las infracciones con animales como faltas, con sanciones de multa.
La inspiradora de esta acción, coordinada por la Fundación Altarriba, ha sido la cruel mutilación de 15 perros cometida en Tarragona en la madrugada del 2 al 3 de noviembre 2001 por unos desconocidos, no descubiertos hasta la fecha. Las más de 500.000 firmas, recogidas en dos meses y medio a lo largo y ancho del país con el apoyo de organizaciones protectoras de los animales, piden que el maltrato cruel de la fauna sea considerado como delito, y convocan a una concentración ante el Congreso de los Diputados el día de la entrega del documento.
Sin ley específica sobre la protección de animales a nivel estatal, España contempla estos malos tratos en el artículo 632 de su Código Penal (CP) como una simple falta administrativa, con sanciones de multas que oscilan entre los 12 y los 18.000 euros. Salvo Andalucía, Aragón, Asturias y Extremadura, las distintas autonomías disponen de leyes, pero los límites a sus competencias no pueden sobrepasar las medidas adminsitrativas.
Al tratarse de una modificación del CP, una ley orgánica, el escrito presentado no aspira a la categoría de iniciativa popular que permitiría inducir a una modificación de la ley. Pero los impulsores de la campaña apoyan su iniciativa argumentando que 'ninguna fuerza política puede desconocer una voluntad tan claramente expresada'. CiU, PSOE, ERC y el propio PP presentaron el pasado noviembre sendas iniciativas con el fin de que se endurezcan las medidas sancionadoras contra los maltratadores de animales. La propuesta socialista solicita hasta un año de prisión.
A modo orientativo, la Fundación Altarriba acompaña su solicitud con un estudio comparativo de las leyes vigentes más avanzadas, promulgadas por cuatro países europeos (Gran Bretaña, Italia, Suecia y Suiza).
- Gran Bretaña. Dispone de siete leyes, la fundamental data de 1911. Infracciones: Pegar patadas, maltratar, torturar, enfurecer o aterrorizar a cualquier animal; transportar al animal en condiciones que le causen un sufrimiento innecesario; organizar o asistir a luchas o peleas de cualquier animal; administrar cualquier droga o sustancia venenosa al animal; someter al animal a una operación sin el debido cuidado ni anestesia; abandonar a animales domésticos. Sanciones: Hasta pena de prisión por un plazo no superior a seis meses o a una multa que no exceda la máxima cantidad de multa, 8.130 euros, o ambas sanciones. Las multas pueden ir de 325 euros a 8.130 euros.
- Italia. Contempla las infracciones y sanciones en el artículo 727 del Código Penal, modificado en 1993. Infracciones: Crueldad con sufrimiento; imponer una fatiga insoportable al animal con sufrimiento; maltratar o dañar a un animal; utilizar a los animales en juegos o espectáculos; tener animales en condiciones incompatibles con su naturaleza; abandonar a animales domésticos; organizar o participar en espectáculos en que se infrinjan daños o malos tratos; tenencia de pájaros en jaulas pequeñas; captura de pájaros recién nacidos y tenencia de los mismos en cautividad; tenencia de un perro infectado de pulgas y garrapatas, o desnutrido; dejar a un perro en el coche en los meses de verano; tenencia de los gatos en jaulas pequeñas; matar animales mediante asfixia, ahogo, o golpes. Sanciones: Cualquiera que mate sin necesidad o haga inservibles a animales que pertenezcan a otros, pena de reclusión de hasta un año o con multa de hasta 309 euros. Para otros supuestos, multas de 1.032 euros a 5.164 euros, con incremento de penas accesorias en el caso de aplicación de medios particularmente dolorosos.
- Suecia. La primera ley de protección de los animales data de 1988. Infracciones: Todo trato que implique una fatiga excesiva, la utilización de la violencia o de aperos que puedan herir o dañar; todo tipo de correas de sujeción que infrinjan dolor o sufrimiento; protección en el transporte contra el calor, el frío, o los golpes; se exige tratamiento veterinario en caso de enfermedad; prohibidas ls intervenciones quirúrguicas que no sean de estricta finalidad veterinaria o con fines científicos. Sanciones: Condena hasta de prisión por un periodo máximo de un año o multa 4 a 100 euros.
- Suiza. Ley aprobada en 1978. Infracciones: Matar animales de forma cruel o como entretenimiento; organizar luchas entre o con animales; usar animales vivos para entrenar perros o para poner a prueba su agresividad; pretender abandonar a un animal; cortar las garras a los gatos y otros felinos; emplear métodos para impedir que los animales reaccionen de manera audible ante el dolor; administrar sustancias diseñadas para estimular las capacidades físicas de los animales con finalidades deportivas. Sanciones: Por llevar al animal cruelmente a la muerte u organizar peleas entre ellos, cárcel o multas de hasta 13.585 euros
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