La aplicación de la ley
Quisiera felicitar al Gobierno vasco por hacer cumplir, a los ocho años de la aprobación de la Ley de Protección de los Animales, el artículo 5 de la misma, que prohíbe hacer donación de animales o utilizarlos como premio o recompensa en relación a la rifa del un cerdo. Me gustaría que esta prohibición del Gobierno vasco fuera un precedente en la (tardía) aplicación de la ley, aprobada en octubre de 1993.
El conocimiento por parte de las autoridades de dicha ley sería esencial para evitar sufrimientos innecesarios a muchos animales no humanos. A pesar de ser una norma absolutamente incompleta, pues deja fuera de su ámbito la caza, la pesca, los toros o la vivisección, que son áreas que generan mucho sufrimiento y dolor, su cumplimiento supondría el fin del abandono de animales, del maltrato de los animales domésticos, de las peleas de perros, de la venta ambulante de animales o de su utilización en circos, ya que en su artículo 4 se prohíbe imponer a los animales la realización de comportamientos y actitudes ajenas e impropias de su condición o que impliquen trato vejatorio. Ojalá las autoridades correspondientes comiencen a aplicar las leyes.
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