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La necesidad de un debate permanente

Javier Sampedro

La investigación con embriones está regulada por la Ley de Reproducción Asistida, de 1988, un texto que en aquella fecha figuraba entre los más avanzados de su entorno, pero que 13 años después -13 años de vertiginosos avances en el campo de la embriología humana- se ha quedado comprensiblemente obsoleta. El informe de la Comisión Nacional de Reproducción Asistida, de 56 páginas, es nítido en su recomendación de que se posibilite la investigación con los embriones sobrantes de las clínicas. Y también en su consejo de abordar esa autorización mediante una modificación rápida y expresa de la ley.

La comisión ha considerado otras alternativas jurídicas, basadas en que la ley de 1988 autoriza explícitamente la investigación con embriones no viables. 'Una de las posibilidades debatidas', puede leerse en el informe, 'ha sido la interpretación del concepto de viabilidad, entendiendo que un embrión no es viable en todo caso si no va a ser implantado'. Es decir, que cualquier embrión congelado que no vaya a implantarse en una mujer sería inviable, y por tanto, podría usarse para investigación.

Esta opción ha sido defendida por el catedrático de Filosofía del Derecho de la Universidad de Alicante Manuel Atienza, y el presidente de la Audiencia Provincial de Madrid, Antonio García Paredes, que la desarrollan en un voto particular en el informe.

La comisión ha decidido finalmente descartar esta alternativa porque, al ser 'susceptible de ser sometida a un debate teórico', no proporcionaría en la práctica 'márgenes de seguridad suficientes' a los científicos que utilizaran esos embriones. Además, una cuestión como ésta, 'que afecta a la sensibilidad y los criterios de muchos ciudadanos, no debe ser sustraída al pronunciamiento más explícito por parte del legislador', según el informe.

La comisión, sin embargo, es consciente de que, al proponer una modificación legal expresa, está dando al Gobierno una excusa idónea para eternizarse en los prolegómenos del procedimiento administrativo. Por ello añade que 'la importancia del problema requiere que se insista en la necesidad de que se le dé salida, y que la decisión de hacer las modificaciones legales recomendadas (...) se adopte en el plazo más breve posible'. Vana pretensión, a lo que parece.

En el texto del documento queda patente la dificultad de alcanzar acuerdos sobre grandes conceptos incontingentes como 'la naturaleza y el estatuto jurídico del embrión'. Los redactores reconocen que ninguno de los problemas derivados de la consideración que debe otorgarse al embrión en esas fases (antes de los 14 días de desarrollo) ha podido ser resuelto mediante el acuerdo previo.

Por esta razón, la comisión opta por intentar alcanzar 'acuerdos mínimos comunes entre los diferentes puntos de vista e ideologías sobre los problemas concretos, a medida que éstos se vayan planteando'. Es decir, por la inteligencia práctica, la flexibilidad de criterio y los reflejos jurídicos.

Evidentemente, esa estrategia sólo es posible con un debate permanente entre la comisión y las instituciones. Bloquear un informe como éste durante un año y medio no parece compatible con ese espíritu constructivo.

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