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Tribuna:TRIBUNA SANITARIA
Tribuna
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A favor de las recetas de principios activos

El pasado día 6 de junio de 2001, la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía y el Servicio Andaluz de Salud (SAS) firmaron un acuerdo con el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Farmacéuticos por el que se establecen precios máximos con los que el SAS financiará aquellas especialidades farmacéuticas que sean recetadas por los facultativos de la comunidad autónoma utilizando el nombre de la sustancia activa, sin especificar en la receta ninguna marca comercial. En consecuencia, la Administración sanitaria andaluza potenciará que la prescripción se realice utilizando la denominación del principio o sustancia activa del medicamento.

La Organización Mundial de la Salud colabora estrechamente con los comités nacionales de nomenclatura a fin de seleccionar un nombre único de aceptabilidad mundial para cada una de las sustancias activas que se prevea comercializar como preparación farmacéutica.

El acuerdo optimiza la identificación del medicamento por parte del médico y del paciente
La utilización del nombre de la sustancia activa en las recetas puede mejorar la calidad de la prescripción

Este empeño de la agencia internacional encuentra su justificación en una mejor identificación de los fármacos utilizados, al garantizar que se emplea la misma denominación para referirse a una sustancia determinada, así como en una mayor garantía de realizar una prescripción y dispensación seguras y exentas de errores.

De forma consecuente con esta idea, la propuesta de extender las recetas escribiendo el nombre de la sustancia activa supone que además denominemos a los medicamentos por el nombre de éstas, y no de las marcas registradas.

Esta iniciativa, además de optimizar la identificación del medicamento tanto por parte del médico como del paciente, facilita al facultativo la prescripción, dado que su formación académica farmacológica se ha realizado con las denominaciones de las sustancias o principios activos, y no con las marcas. La medida disminuye además la confusión derivada del alto número de nombres y marcas registradas existentes para una misma sustancia, evita posibles duplicidades de medicación en un mismo paciente y facilita la educación sanitaria de la población en materia de medicamentos.

Por otra parte, la iniciativa abordada por el Servicio Andaluz de Salud y el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Farmacéuticos prioriza los elementos cualitativos del acto profesional de la prescripción, en tanto que éste se produciría empleando solamente los criterios científico-técnicos que aconsejan la utilización de determinada sustancia activa, y no de otra, sin reparar en el aspecto comercial de que ésta sea de una u otra marca.

Aunque, desde el punto de vista operativo, la puesta en marcha de este acuerdo entre la autoridad sanitaria y los profesionales farmacéuticos debe acompañarse de una estrategia que supere pequeños problemas de implantación previsibles, se trata de aspectos operativos superables con la colaboración técnica de las partes implicadas.

Con independencia de las ventajas económicas que pueden derivarse de la aplicación del acuerdo firmado, la utilización del nombre de la sustancia activa en las recetas puede contribuir a mejorar aspectos cualitativos de la prescripción y dispensación, favoreciendo con ello el uso racional de los medicamentos.

En este sentido, la vocalía de Andalucía de la Sociedad Española de Farmacéuticos de Atención Primaria (SEFAP) apoya la iniciativa de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía y del Servicio Andaluz de Salud, que con actuaciones como ésta no hace más que cumplir con las recomendaciones emitidas desde la Organización Mundial de la Salud destinadas a lograr que se apliquen medidas que tiendan a favorecer el uso racional de los medicamentos.

Juan Carlos Morales es vicepresidente de la Sociedad Española de Farmacéuticos de Atención Primaria (SEFAP).

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