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'CASO ERCROS'

El fiscal sostiene que Piqué ya estaba imputado cuando Aznar le nombró ministro

El Tribunal de Cuentas abre juicio a dos ministros

En diciembre de 1989, el grupo Ercros, ya constituido, escindió su actividad de petróleos en Ertoil, que en teoría asumió todos los activos de la antigua actividad petrolera, así como las deudas. Sin embargo, la deuda contraída con los antiguos inversores de Unión Explosivos no pasó a Ertoil. Se quedó en Ercros. En 1992, ésta suspendió pagos y los inversores vieron cómo desaparecía la posibilidad de recuperar el dinero aportado. Otras sociedades que habían invertido en la misma operación (Foster Wheler, Honeywell y Construcciones M. de la Fuente) sí cobraron.

Según el escrito del fiscal -folios 54 a 56-, el juzgado número 19 de Madrid abrió las diligencias previas 2367 / 94 al tener las primeras noticias de las irregularidad en la venta de Ertoil.

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Texto íntegro:: Informe del fiscal
Gráfico multimedia:: La venta de Ertoil, según el fiscal

'Ha de ponderarse', señala el fiscal, 'que en todo caso el aforado pudo adquirir la condición de imputado en el referido procedimiento del juzgado de Madrid, al menos en el auto de 25 de agosto de 1995'. En ese auto se considera a Piqué coautor, junto con Javier Vega Seoane, presidente de Ercros y Ertoil, Fernando Labad Sasiain y José Antonio Delgado, consejero-delegado y consejero de Ercros, respectivamente, de supuestos delitos de estafa, falsedad y delito fiscal.

En 1996, la Audiencia de Madrid 'mantuvo los hechos imputados a Josep Piqué y consejeros mencionados 'y entendió que no constituían el delito de estafa, no discutiendo la calificación de falsedad ni la de delito fiscal', aunque respecto de este último argumentó que existía 'escaso bagaje probatorio'. El 25 de mayo de 1996, el juzgado de Madrid remitió los autos al juzgado decano de Barcelona al ser esta ciudad donde se tramitaba la suspensión de pagos de Ercros.

El juzgado de instrucción 5 de Barcelona no aceptó su competencia hasta el 16 de diciembre de 1996, en un auto en el que acordó su sobreseimiento y archivo. 'Resulta así', sostiene el fiscal, 'que hasta esa fecha el aforado pudo mantener su status procesal de imputado por los delitos reseñados, con el que accedió a la condición de ministro del Gobierno [en mayo de 1996] y al fuero de la Sala Segunda del Tribunal Supremo. Al menos no hay en la causa datos de signo contrario a los expuestos, aunque no figuran todas las diligencias del juzgado de Madrid'.

El auto de archivo del juzgado 5 de Barcelona fue revocado después por la audiencia provincial de la capital catalana el 15 de julio de 1997. Así, los imputados Vega Seoane, Labad y José Antonio Delgado recuperaron su posición procesal, extendida a la totalidad de consejeros de Ercros, con excepción de Josep Piqué, dado el fuero de que gozaba ya. El fiscal discurre por todo este itinerario para dejar claro que en 1995 se interrumpió el plazo de prescripción de 10 años.

El fiscal también se muestra partidario de que Piqué declare voluntariamente, sin necesidad de suplicatorio, si el Tribunal Supremo acepta la competencia y designa juez instructor.

El fiscal general del Estado Jesús Cardenal, telefoneó el pasado miércoles hasta tres veces a la reunión de fiscales que respaldó por 10 votos a 2 el informe de Vargas, según fuentes fiscales, y convocó la junta general antes incluso de que se produjeran las votaciones.

Josep Piqué, en la cumbre europea de Niza.
Josep Piqué, en la cumbre europea de Niza.AP

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