La Hacienda vizcaína exime a quienes cobren hasta 1,2 millones de varios pagadores
Las personas que perciban rentas inferiores a 1,2 millones de pesetas anuales, aunque procedan de varios pagadores, no deberán realizar la declaración de la Renta del próximo año en Vizcaya. El Consejo de Gobierno de la Diputación aprobó el pasado martes en su reunión semanal esta modificación en el IRPF siguiendo una recomendación del Ararteko, según anunció ayer.
Hasta ahora -y en la declaración de los contribuyentes que se están realizando desde el mes pasado también-, la Hacienda vizcaína obligaba a cumplimentarla a los ciudadanos que percibiesen de sus ingresos de más de un pagador, con independencia de la cantidad percibida.
La Diputación vizcaína aprobó también actualizar las cuantías en la deducción por tributación conjunta, abono de anualidades de alimentos y descendientes, según informó el Departamento de Hacienda. Junto a ello, la norma del IRPF incluye, en los casos de excepción a la permanencia de tres años en un inmueble para su consideración como vivienda habitual, la necesidad de cambiar de piso por causa de la aparición de una minusvalía.
El Consejo de Gobierno ratificó cambios en el impuesto de Sociedades, que supone la mejora del régimen para evitar la doble imposición económica internacional por actividades desarrolladas en el extranjero, y en el de Sucesiones y Donaciones, al permitir, cuando se perciban seguros de vida en forma de renta, el pago fraccionado del impuesto a lo largo del número de años en que se percibe la pensión.
La Diputación dispone ya de los reglamentos de los impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentales y sobre Sucesiones y Donaciones, lo que 'constituye un hito trascendental en la medida en que con ellos se cierra definitivamente el entramado de normas fiscales reguladoras de los tributos concertados. En estos dos impuestos no se había producido un desarrollo reglamentario global propio adaptado a nuestra normativa'. A principios de año, las Juntas vizcaínas aprobaron la supresión del tributo del impuesto de actos jurídicos documentados, que es el que se paga al formalizar un crédito hipotecario por la compra de la vivienda habitual y que suele suponer una media de 200.000 pesetas.
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