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CiU pide expulsar al inmigrante que practique la ablación genital

La propuesta incluye las mutilaciones cometidas fuera de España

CiU analiza una propuesta, ahora en estudio en Alemania, por la que los inmigrantes deben firmar una declaración en que se comprometen a cumplir las normas de respeto a los derechos humanos vigentes en el país de acogida. No cumplir esas normas, aunque sea en un viaje al país de origen, sería motivo de expulsión.

La ablación es en España delito, por ser una mutilación que el artículo 149 del Código Penal dice debe ser castigada con penas de seis a 12 años. Es, por tanto, motivo casi automático de expulsión de inmigrantes ilegales, pues el Código Penal, en su artículo 89, afirma que 'las penas privativas de libertad inferiores a seis años impuestas a un extranjero no residente legalmente en España podrán ser sustituidas por su expulsión del territorio nacional'. PSOE y CiU consideran que la calificación como delito perseguible de oficio, cuando se realiza en España, está meridianamente clara. Pero, por si algún fiscal tuviera dudas, CiU defiende que el Gobierno invite al Fiscal General del Estado a enviar una comunicación a los fiscales que les aclare ese extremo, y el PSOE estudia promover una iniciativa para debatir si hay que hacer un añadido al Título III del Código Penal, que trata de las lesiones, y explicitar más el delito.

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CiU destaca la conveniencia de esa comunicación del Fiscal del Estado para evitar el 'sinsentido' de que un juez absuelva el delito por motivos culturales o religiosos, mientras otro imponga al padre de la niña los 12 años de pena máxima previstos en el artículo 149.

El problema surge si el delito se comete cuando el inmigrante aprovecha un viaje a su país, donde las leyes permiten la ablacíón. El PSOE estudia si se podría modificar la Ley Orgánica del Poder Judicial por la vía de considerar 'una auténtica estafa procesal' cometer allí un delito tipificado aquí.

CiU considera que el artículo 3.2 de la Ley de Extranjería, abre camino para penalizar la ablación aunque se cometa en vacaciones. El apartado 2 del artículo 3 de esa ley no ha sido modificado y deja claro que 'la profesión de creencias religiosas' no podrá utilizarse para 'justificar' conductas contra los derechos humanos.

CiU cree que así como el 'arraigo' debe ser motivo claro para facilitar la legalización de extranjeros sin papeles, el incumplimiento de las normas elementales de derechos humanos serían una muestra de 'falta de arraigo' e incluso de expulsión.

El matiz que este grupo incorpora es que la persecución de la ablación debe ser una vía para defender los derechos de los menores, por lo que habrá que ver cómo se compagina ese derecho con la pérdida de residencia de los padres implicados.

Una mujer somalí se lava las manos tras practicar una ablación.
Una mujer somalí se lava las manos tras practicar una ablación.AP

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