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El Superior anula 22 liquidaciones del IAE hechas entre 1992 y 1996 a ópticos de Vitoria

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha anulado 22 acuerdos del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz por entender que las liquidaciones giradas por diversos conceptos del Impuesto de Actividades Económicas (IAE), entre los años de 1992 y 1996, a profesionales del comercio y a centros comerciales ópticos vitorianos son disconformes a derecho, según la sentencia. Un Inspector de Tributos del Ayuntamiento vitoriano elaboró un informe, apoyado en un folleto publicitario difundido por la asociación de profesionales ópticos, en el que se afirmaba que en los establecimientos de óptica "se prestaban servicios profesionales de ópticos a través de personas tituladas en régimen de dependencia laboral, ofertando servicios distintos de la venta de gafas". El Ayuntamiento, en base a dicho informe, pretendió en 1996 que los comerciantes de aparatos, instrumentos médicos, ortopédicos, ópticos y fotográficos de Vitoria tributasen, entre los años 1992 y 1996, además de por "el comercio al por menor", en el caso de personas físicas, por el trabajo profesional de "ópticos-optometristas y podólogos" y, para el caso de sociedades civiles, mercantiles y comunidades de bienes, que tributasen por "otros servicios sanitarios" no clasificados en este grupo.

Veintiocho afectados en nombre propio y en representación de siete sociedades civiles y mercantiles del ramo, abiertas en Vitoria, impugnaron dichos acuerdos y negaron el ejercicio en los establecimientos de óptica de una segunda actividad al margen de la ya gravada por el Ayuntamiento.

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