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El Consell estudia introducir medidas de competencia entre las fundaciones sociales

El Consell contempla la posibilidad de introducir medidas que fomenten la competencia entre las futuras fundaciones públicas de servicios sociales. La ley de acompañamiento a los presupuestos recoge que se podrá vincular los fondos que perciban estas enntidades "a la obtención de determinados resultados". El texto también establece que el presidente de la Generalitat, Eduardo Zaplana, sea quien asuma como competencia propia la coordinación de la investigación científica y el desarrollo tecnológico de la Comunidad, reservada hasta ahora a Educación y Cultura.

Tramo autonómico

La vieja aspiración del Consell popular de dotar a los hospitales de autonomía de gestión e introducir medidas de competencia de forma que se prime la financiación de aquellos centros que cumplan con los objetivos planteados y que atraigan más pacientes parece tomar cuerpo en las fundaciones públicas de servicios sociales que pretende constituir la Generalitat. Según el anteproyecto elaborado por el departamento que dirige Vicente Rambla, consejero de Economía, en el capítulo del anteproyecto referido a las nuevas fórmulas de gestión de los servicios sociales se señala: "Se podrá vincular la asignación o retribución a la obtención de determinados resultados, mediante la suscripción del correspondiente contrato de programa". El texto abre la puerta de esta forma a que las fundaciones públicas compitan entre sí para la obtención de fondos.

Las fundaciones "asumirán la titularidad de uno o varios centros de servicios sociales especializados", recoge el texto, que también establece que las fundaciones se regirán por la ley 50/98 y el real decreto 29/00 -sobre nuevas fórmulas de gestión sanitaria-, "hasta que se apruebe su normativa específica por la Generalitat". La ley también establece la solución de los Consorcios Valencianos de Servicios Sociales y la creación de una persona "jurídico-pública" a la cual se adscribirán "las funciones y servicios que tienen encomendados dicho consorcio".

La ley también establece que el presidente de la Generalitat, Eduardo Zaplana, acaparará todo lo referente al fomento y coordinación de la investigación científica y del desarrollo tecnológico de la Comunidad Valenciana. Así, se incluye en el anteproyecto de Ley de Acompañamiento a los presupuestos de 2001 que adscribe a la Presidencia de la Generalitat la secretaría del Plan Valenciano que hasta ahora se encontraba incluida en la Consejería de Cultura y Educación.

El departamento del Presidente tendrá la posibilidad de proponer programas sectoriales de investigación científica y desarrollo tecnológico. La aprobación de éstos correrá a cargo de la Comisión Gestora Interdepartamental que, hasta ahora, estaba formada por el propio presidente, representantes de todas las consejerías y el secretario/a del plan. Con la modificación de la ley, también entrarán a formar parte de esta comisión, el vicepresidente segundo del Consell y el Subsecretario de la Oficina de Ciencias y Tecnologías, que será quien ostente la secretaría del plan. Ésta estaba ocupada, hasta ahora, por el director/a general de Universidades.

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En lo que respecta al tramo autonómico del impuesto sobre la renda de las personas físicas, el anteproyecto favorece, con amplias reducciones fiscales, las transmisiones mortis causa de empresas y negocios y de las participaciones en entidades. La reducción será del 95% en el caso de empresas individuales o negocios profesionales, siempre que se mantenga la actividad por un período de diez años y cuando ésta se ejerza de forma habitual, personal y directa. Esta actividad debe constituir la mayor fuente de renta del favorecido. En el caso de transmisiones de participaciones en entidades, se aplicará una reducción del 95% del valor de las mismas, siempre que se mantengan durante un período de diez años y que ésta sea mayor del 5% del capital de la entidad. Además, las entidades no han de tener un patrimonio inmobiliario o mobiliario como principal actividad ni el beneficiario ha de ostentar funciones de dirección que le proporcionen una retribución que suponga la mayor fuente de renta.

La penalización de la Generalitat se sitúa en el caso de la transmisión de inmuebles que tendrá un gravamen que pasa del 6% al 7%.

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