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El fiscal alega que debe aplicarse a Cavallo la ley de 'punto final'

El fiscal de la Audiencia Nacional Pedro Rubira señala en el recurso en el que se opone a la orden de detención del presunto genocida argentino Miguel Ángel Cavallo, que las leyes de punto final y Obediencia Debida dictadas por el Parlamento de la República Argentina deben ser reconocidas por España, al ser dictadas por un Parlamento elegido democráticamente. El fiscal ironiza sobre la "extradición a la inversa", que se ha producido en este caso porque "son las autoridades mexicanas las que, al detener a Miguel Ángel Cavallo, solicitan al juzgado central de instrucción número 5 que dicte la orden internacional de detención, a fin de entregarlo a España". "Hasta que a las autoridades mexicanas no interesaron la 'extradición a la inversa', Miguel Ángel Cavallo no se encontraba referenciado como autor de esos horrendos crímenes que ahora se le imputan".

El fiscal reproduce las alegaciones de anteriores recursos sobre la falta de competencia de España para juzgar los crímenes de las dictaduras chilena y argentina que, en su opinión, "debe ser examinada por tribunales superiores" a la Audiencia Nacional. Según la Fiscalía, esas cuestiones jurídicas "no están resueltas pacíficamente ni por la jurisprudencia ni por la doctrina científica".

Dicha resolución fue la que determinó la competencia de España para juzgar los delitos de genocidio, torturas, asesinato y terrorismo cometidos bajo esas dictaduras, pero el fiscal insiste en que contradice la Carta de las Naciones Unidas, que establece el principio de igualdad de soberanía entre todos los Estados miembros.

En consecuencia, según el fiscal, la jurisdicción española debe respetar "el derecho de todo país soberano a resolver los horrores de su pasado, en la forma en que sus mayorías democráticas lo estimen conveniente y necesario".

Hechos amnistiados

Argumenta también que la Ley Orgánica del Poder Judicial "previene limitaciones cuando el hecho haya sido indultado o amnistiado fuera de España", y concluye que España debe reconocer las leyes de punto final y Obediencia Debida, dictadas por el Parlamento argentino elegido democráticamente.El ministerio fiscal agrega que sólo se reconoce la facultad de derogar leyes de amnistía al Tribunal Penal Internacional, cuando se acredita que han sido dictadas en fraude de ley. Cita los Estatutos de los Tribunales Penales Internacionales para la Antigua Yugoslavia y para Ruanda, así como el artículo 23 de la Corte Penal Internacional que, "aunque no ha entrado en vigor, evidencia la opinión de la comunidad internacional". Según la Procuraduría mexicana, la extradición de Cavallo a España podría demorarse unos 18 meses.

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Por otro lado, un informe elaborado por los servicios de contraespionaje argentinos insiste en que el verdadero nombre de Cavallo es Ricardo Miguel, y hace un seguimiento de al menos nueve ocasiones en que Cavallo tramitó documentos de identidad donde hace constar distintos alias, ocupaciones y grados militares.

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