La APM defiende al Gobierno y Jueces para la Democracia ve riesgo de inconstitucionalidad
La reforma legal que buscaba el PP ha recibido al fin el espaldarazo del Gobierno, aunque no será tan dura como anunciaba el Ejecutivo en su anteproyecto. Determinadas observaciones aportadas por el Poder Judicial y el Consejo de Estado han calado. Son las referentes, principalmente, al reagrupamiento familiar, la asistencia letrada en puestos fronterizos y diversas especificaciones garantistas en los recursos contra las expulsiones y los retornos forzosos. Frente a otros colectivos de jueces, la Asociación Profesional de la Magistratura (APM) apoyó la decisión de que no se reconozcan derechos políticos a los "ilegales".
Cambios en 13 artículos
La Asociación Profesional de la Magistratura considera "razonables" los argumentos del Gobierno para rechazar la recomendación del Consejo General del Poder Judicial de incluir en el proyecto de ley el reconocimiento de los derechos de huelga, sindicación, reunión y asociación a los inmigrantes en situación irregular. El Ejecutivo ve "poco sentido" a esa propuesta, y recurre a la inexistencia de precedentes para justificar su rechazo. Las asociaciones Francisco de Vitoria y Jueces para la Democracia, sin embargo, consideran acertado el informe del CGPJ y lamentan que el Gobierno haya desoído algunas de su propuestas. "Que no exista precedente no quiere decir que no podamos ser nosotros los pioneros", declaró a Europa Press José Luis González Armengol, portavoz de la Francisco de Vitoria. Por su parte, José Luis Requero, de la APM, reconoce que algún derecho, como el de reunión, puede extenderse a todo el mundo, pero no así otros como el de sindicación o el de huelga, que corresponden a la condición de trabajador y, en consecuencia, "legal".
"Hay derechos ligados a la condición de persona, como el derecho a la vida, y otros ligados a la condición de ser nacional o a la situación de legalidad en un país", subrayó. Por eso ve "razonable" que el Ejecutivo haya rechazado reconocer estos derechos a los inmigrantes en situación de ilegalidad. "No es una medida arbitraria, ni inhumana, ni contraria a los derechos humanos, y no parece que se conculque la Constitución", apostilló.
No opina así Ricardo Bodas, de Jueces para la Democracia, que considera que la ley actual posibilita una "salida integradora" para los inmigrantes, por lo que rechaza una modificación del texto. "La vigente ley cubre esas expectativas de forma generosa y razonable y el CGPJ se hizo eco de esa voluntad de integración al pedir que se aseguraran los derechos de las personas", señaló. Por eso, lamenta que se haya desoído al CGPJ y advierte al Gobierno de que la nueva ley "va a salir coja, con menos consenso del necesario y con el riesgo de que sea impugnada ante el Tribunal Constitucional", ya que, asegura, los convenios internacionales tienden a reconocer que los derechos laborales son inherentes al trabajador, tenga o no papeles.
González Armengol (Francisco de Vitoria) apoya las tesis del CGPJ, cuyo informe "era correcto y se ajustaba al espíritu constitucional", y se pregunta por qué España no puede ser "pionera" en el reconocimiento de estos derechos a las personas que se encuentran en situación irregular. Sí apuesta por reforzar los controles preventivos policiales para que no haya "entradas masivas" de ilegales a España, pero, señala, una vez que están dentro "no hay que discriminar entre nacionales y extranjeros". En su criterio, todavía no se ha comprobado la bondad o maldad de la actual norma, un texto que, a su juicio, es "técnicamente bueno", si bien sí es posible "aquilatar" algunos puntos.
Las sugerencias del Poder Judicial y del Consejo de Estado tenidas en cuenta por el Gobierno modifican 13 artículos del texto que había sido aprobado el 13 de junio sin previa consulta a ambos organismos. Las principales modificaciones se destacan en el cuadro adjunto.En el artículo 5, sobre el derecho a la libre circulación, se recoge la demanda del CGPJ para que se motiven de forma individualizada, y atendiendo a las circunstancias que concurran, las razones que obligan a limitar los movimientos de un inmigrante. En el artículo 9 se reconoce la educación no sólo como un derecho sino como un deber, que era una de las propuestas del Consejo de Estado.
En el artículo 17, el Gobierno ha desechado las recomendaciones del CGPJ que pedían extender el derecho de reagrupación familiar a todos los familiares que llegaran a España, en beneficio de la consideración del Consejo de Estado que, en sentido contrario, pedía que este derecho se limite al residente.
En el artículo 20, sobre el derecho a la asistencia jurídica gratuita, se reconoce el derecho a un abogado gratuito y a un intérprete para aquellos extranjeros a los que se les haya negado la entrada en un puesto fronterizo. Esto supone una variación, inducida por el CGPJ, con respecto al borrador inicial, que sólo le reconocía este derecho a los extranjeros que se encontrasen en España y no a aquellos que hubiesen sido detenidos en frontera o intentando entrar ilegalmente en el país.
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