El caso de los mafiosos
El contencioso jurídico abierto entre España e Italia a propósito de los mafiosos refugiados en nuestro país corre el riesgo de derivar en un indeseable y absurdo conflicto político entre países de la Unión Europea que tienen sistemas penales equiparables e igualmente respetuosos con los derechos del justiciable. El asunto ha trascendido el ámbito judicial para ser tratado, con preocupación, por el presidente español, José María Aznar, y el jefe del Gobierno italiano, Giuliano Amato, en su reunión de Nápoles. Expertos de ambos países se reunirán para ver la forma de desatar el nudo jurídico en que parece haberse convertido el asunto.Ni España ni Italia pueden, por cuestiones de procedimiento o de interpretación legal, dejar impunes las actividades del crimen organizado. Pero es lo que está sucediendo: al menos 600 mafiosos italianos, juzgados y condenados en su país en rebeldía, campan por sus respetos en el nuestro, sin cortapisas a sus movimientos y actividades. Si los sistemas legales permiten este despropósito es evidente que hay que reformarlos. Cuanto antes.
Pero no parece que haga falta llegar a ese extremo. Sin descartar una armonización penal más a la letra, debe ser posible arbitrar fórmulas transitorias de cooperación judicial capaces de resolver el problema. El Tribunal Constitucional (TC) español considera que la inexistencia en España del equivalente al italiano juicio en ausencia representa un obstáculo insalvable para extraditar a Italia a quien ha sido condenado en esas circunstancias, salvo que se garantice una revisión. La justicia italiana, sin embargo, mantiene que esta figura procesal no supone merma de derechos, especialmente el de defensa, ni bloquea la vía de los recursos. No queda claro, en todo caso, si el TC español exige un nuevo juicio o simplemente que Italia se comprometa a "garantizar una posible impugnación de la sentencia condenatoria dictada en rebeldía". Un compromiso de este tipo podría ser asumido por la justicia italiana. No parece que esa impugnación quede fuera de los mecanismos de su sistema penal.
El asunto es lo suficientemente grave como para que los tribunales de ambos países no se encastillen en sus posiciones. La doctrina del TC español no puede suponer ninguna carta de impunidad para criminales que han delinquido en otro país. Tampoco puede servir de amparo a la pasividad de la policía española frente a las órdenes de busca y captura de los jueces italianos o al bloqueo por parte de la Fiscalía de la Audiencia Nacional de las demandas de extradición. Aznar debería mirar más bien a estos ámbitos, y no al Constitucional, cuando trata de resaltar lo disparatado de la situación. La justicia italiana puede también flexibilizar su postura ofreciendo fórmulas que, sin violentar sus procedimientos, facilitaran la tarea de los tribunales españoles.
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