Suavizada la fiscalidad de los seguros y los fondos de pensiones y de inversión
El Gobierno ha decidido dar un nuevo impulso al ahorro, y para ello modifica normas recientes. Las plusvalías por fondos de inversión, acciones o inmuebles pasan a tributar al 18% en el IRPF, y el plazo se establece en un año. Se eleva hasta 1,2 millones de pesetas el límite de aportación y de deducción fiscal para planes de pensiones, y en los seguros de vida se puede descontar entre el 65% y el 75%, según se hayan generado en más de cinco o de ocho años. Estas medidas suponen suavizar la fiscalidad de estos productos.
El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, no quiso ayer dar una estimación del coste que para el fisco van a suponer estas reformas. "No soy partidario de ello", explicó, "sólo puedo decir que se van a beneficiar millones de contribuyentes y miles de pequeñas empresas". Las principales reformas son las siguientes: - Plusvalías. El régimen de las plusvalías (diferencia entre el valor de compra y de venta de un bien) se modificó en el año 1996. Estas ganancias tributaban antes según la escala general del IRPF, es decir, como cualquier otra renta, y con esa reforma, se estableció un tipo fijo del 20% para las generadas en más de dos años. Hasta esa fecha, se mantenía el pago a la escala general del impuesto. Ahora el tipo impositivo se rebaja al 18% y el plazo se reduce a un año.
- Fondos de inversión. Las plusvalías de fondos de inversión pasan a tributar también al 18%. La retención se rebaja del 20% actual -vigente desde febrero del pasado año- hasta el 18%. Se equipara así con la retención que se aplica a los intereses obtenidos de depósitos bancarios y seguros. El Gobierno ha renunciado a liberar del pago del impuesto al cambio de un fondo de inversión a otro, medida a la que se había opuesto la gran banca y las compañías aseguradoras. Con ella se habría facilitado la competencia entre las gestoras.
- Planes de pensiones. El límite de aportación y de deducción para fondos de pensiones se amplía. Hasta ahora no se podía aportar más de 1,1 millones de pesetas -cantidad vigente desde el pasado año-, límite que el Gobierno ha elevado hasta 1,2 millones de pesetas. La deducción fiscal también se amplía hasta la menor de las dos siguientes cantidades: 1,2 millones de pesetas o el 25% (hasta ahora el 20%) del rendimiento neto del trabajo. Se podrá hacer una aportación adicional de 300.000 pesetas para el cónyuge que no trabaja o que tenga rentas inferiores a 1,2 millones de pesetas anuales. Para mayores de 52 años y minusválidos el límite de aportación y de deducción fiscal se eleva a 2,5 millones de pesetas.
- Seguros de vida. Cambia también el régimen fiscal que se aplica a los seguros de vida, en vigor desde el pasado año. Las pólizas percibidas en forma de capital (de una vez) por primas satisfechas durante más de cinco años se reducen un 65% (antes el 60%); es decir, sólo tributa en el IRPF el 35% restante. Las que corresponden a un periodo de más de ocho años, se reducen un 75% (antes el 70%), de forma que sólo está sujeto al IRPF el otro 25%.
- Otras medidas. En el impuesto del patrimonio se establece un límite de 25 millones hasta el cual la vivienda no tiene que tributar por su valor. Éste es el mayor de los tres siguientes: el valor catastral, el de adquisición o el comprobado por la Administración. Las empresas con menos de 500 millones de facturación (antes 250) pagarán el 30% de sus primeros 15 millones de beneficio, en lugar del 35% general.
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