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Un forense tardó 14 meses en dar un informe sobre la muerte de una mujer El tribunal exculpó a los 12 jueces sucesivos que ocuparon el juzgado

La Unión de Consumidores de Cantabria-UCE ha denunciado al juez, secretario y forense de un juzgado de Santander por la tardanza de 14 meses en emitir el informe pedido por el fiscal sobre la muerte de una mujer por supuesta imprudencia profesional. Una vez que el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha exculpado a los 12 jueces que estuvieron sucesivamente al frente del juzgado, UCE ha anunciado otras acciones legales.

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha exculpado al titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Santander de responsabilidad penal, al estimar que, durante los 14 meses de retraso del forense, hubo al frente del juzgado que investigaba la muerte de una mujer "hasta un número de 12" jueces o magistrados, unas veces titulares y otras suplentes.Juan José Maestro Gallardo, presidente de la Unión de Consumidores de Cantabria-UCE, informó a EL PAÍS que, una vez excluidos de responsabilidad penal los jueces, a los que acusó del delito de prevaricación por retardo malicioso, prosiguen las actuaciones contra el secretario judicial y el médico forense, así como iniciará acciones legales por anormal funcionamiento de la Administración de Justicia.

El inicio de este caso fue el fallecimiento de María Luisa Flórez Castillo en el hospital Marqués de Valdecilla, de Santander, en circunstancias que dieron origen a una investigación por supuesto delito de imprudencia profesional médica. A petición del fiscal, el juez sustituto de dicho juzgado, Antonio de Silva, acordó el 12 de agosto de 1998 que el médico forense emitiera un informe para determinar si el fallecimiento de Flórez "tuvo o no su causa en la punción hepática realizada y si ésta se efectuó correctamente, de conformidad con las exigencias de la práctica médica".

Petición reiterada

Tal petición fue reiterada en febrero y marzo de 1999, pero sólo cuando el 26 de octubre de 1999 la juez sustituta Florencia Alamillos requirió al forense para que, de forma inmediata, emitiese el informe, el mencionado profesional lo entregó dos días después, en el sentido de que se había producido una laceración de la vena renal, sin que se apreciara responsabilidad penal.

La organización de consumidores cántabra denunció ante el Juzgado de Instrucción número 4 de Santander a los profesionales del juzgado número 1 que tuvieron paralizadas unas actuaciones penales durante los 14 meses en que no se emitió el informe del forense. La denuncia fue asumida por la Sala de lo Civil y Penal del TSJC, por estar encomendado a ella dilucidar la responsabilidad penal de jueces y magistrados.

El 15 de marzo de 2000, la sala acordó rechazar la denuncia en lo que se refiere a los jueces y devolver al juzgado las actuaciones contra los otros profesionales, que prosiguen.

La sala fundamenta la exculpación de los jueces en el delito de prevaricación por retardo malicioso en la administración de justicia -para el que el Código Penal prevé la pena de inhabilitación especial de seis meses a cuatro años para ocupar empleo o cargo público-, en que "no existen indicios de criminalidad en la conducta del magistrado o magistrados denunciados, no obstante la dilación, retraso o desidia en cumplimentar el informe pedido".

Razones de la resolución

La resolución razona que durante los 14 meses transcurridos "intervinieron como jueces o magistrados, con carácter de titular o suplentes, hasta un número de 12 (...) lo que es de lamentar y tal vez explica, aunque no justifica, el retraso, pero en todo caso no puede servir para configurar, ni siquiera a nivel de indicio, la existencia de un presunto delito de prevaricación en la modalidad de retardo malicioso".

En nombre de la organización que preside, Maestro lamenta que "en menos de 14 meses estén al frente de un juzgado sucesivamente 12 magistrados, hecho incompatible con el funcionamiento normal de la Administración de Justicia", por lo que, "en defensa de los intereses de los asociados, se ejercitarán cuantas acciones convengan a su derecho".

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