Vigilar los contenidos también compete a la autoridad gubernativa
A lo largo de la última legislatura han fracasado todos los intentos de constituir un Consejo Audiovisual independiente, pese al consenso al que el Senado había llegado en la anterior. Al final, todo ha terminado con la atribución de la autoridad audiovisual a un órgano del poder ejecutivo, como es el Ministerio de Fomento: el mismo que concede diversos tipos de licencias y prepara los expedientes para el Consejo de Ministros que tienen que ver con los medios audiovisuales.So pretexto de aplicar la directiva comunitaria de Televisión sin Fronteras, una reforma legal ha cargado a las televisiones españolas con la obligación de contribuir con el 5% de sus ingresos a financiar el cine; y además ha prohibido la contraprogramación, que el Gobierno interpreta en el sentido de que las televisiones de ámbito nacional no pueden cambiar sus programaciones 11 días antes de su emisión.
Dado que la misma norma ha atribuido a la autoridad gubernativa la cualidad de vigilante de la ortodoxia en cuanto a contenidos, tiempo de publicidad, etcétera, el Ministerio de Fomento es competente para decidir qué se hace si algún programador cambia un espacio de hora, si alguien se pasa en los minutos de publicidad o si se emite algún anuncio subido de tono. Más implicación política no cabe.
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