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Un caso de esquizofrenia judicial

Mientras el equipo del ministro del Interior británico, Jack Straw, estudia las alegaciones de los cuatro países (España, Bélgica, Francia y Suiza) que quieren sentar al general Augusto Pinochet en el banquillo, el procedimiento de habeas corpus o recurso presentado por la defensa del ex dictador contra la sentencia de extradición del pasado 8 de octubre de 1999 sigue su curso en el Alto Tribunal de Justicia británico, que ha fijado el juicio para el próximo 20 de marzo. Si Straw decide liberar a Pinochet, como se espera, lógicamente el recurso de habeas corpus será retirado.Hoy, viernes 25, vence el plazo para que los abogados de Pinochet presenten su respuesta a las argumentaciones del juez Baltasar Garzón. Hasta ahora, la defensa ha elevado sus argumentos, entre los que destaca que España carecería de jurisdicción para los delitos de tortura, y que el caso ha sido montado de mala fe por la justicia española, hechos, entre otros, por los que se pide la anulación de la sentencia del citado 8 de octubre.

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El subterfugio de una lamentable incapacitación

El juez Garzón ha contestado, a través de la Fiscalía de la Corona, los razonamientos. Los informes de los abogados Alfonso Serrano López y Javier Iglesias Redondo, presentados por la defensa de Pinochet, atacan la jurisdicción española; los dictámenes de los peritos José Manuel Gómez Benítez y Mercedes García Arán, nombrados por el juez, defienden la citada jurisdicción.

Los plazos para la entrega de los documentos que teóricamente servirán de base al juicio de habeas corpus se han cumplido rigurosamente, aun cuando el ministro Straw ha decidido, de forma provisional, liberar a Pinochet por estar presuntamente incapacitado para ser sometido a juicio. Al ser una decisión preliminar, el procedimiento de habeas corpus no ha sido suspendido. El juez Garzón sugiere al ministro Straw, en sus últimas alegaciones del pasado día 23 de febrero, que "decline la cuestión a favor de la autoridad judicial inglesa competente". En otras palabras, que el asunto de salud se trate en el recurso de habeas corpus previsto para el 20 de marzo.

La defensa de Pinochet no ha planteado hasta ahora el asunto de la salud porque esperaba que el ministro Straw resolviese. Pero en la última vista donde se trató el procedimiento de habeas corpus, en el Alto Tribunal de Justicia, el pasado 15 de marzo, el abogado Clive Nicholls matizó: "Si el ministro siguiera adelante con la extradición, entonces plantearíamos el problema de la salud en el recurso de habeas corpus".

¿Qué posibilidad existe de que Straw repiense su decisión y, por ejemplo, remita el asunto al juicio de habeas corpus, habida cuenta de que el plazo del 20 de marzo ya está próximo?

Todas las fuentes conocedoras del caso estiman que Straw no variará su posición preliminar. Esto es, que aplicará la sección 12.2 de la ley de extradición, que le permite "no dictar una orden en el caso de cualquier persona que es requerida si, habiendo estudiado todas las circunstancias, considera que su entrega es injusta o cruel", basándose en que Pinochet está incapacitado para ser sometido a juicio. ¿Por qué? Dichas fuentes estiman que Straw desea, para su futura carrera política, dar una imagen de equilibrio. Después de mantener 16 meses bajo arresto al ex dictador -imagen de compromiso con los derechos humanos-, el ministro desearía también mostrar que es capaz de adoptar una actitud de compasión, asumiendo que Pinochet no está, según el informe médico británico, en condiciones de ser juzgado.

La decisión que adopte Straw, según las normas de procedimiento en el Reino Unido, puede ser recurrida mediante recurso de revisión judicial (como lo fue la decisión preliminar). En el primer recurso, España estuvo ausente por sus compromisos políticos con Chile; pero a partir del nuevo auto del pasado martes firmado por los jueces de la Sala Segunda de Tribunal Supremo, los magistrados Luis Román Puerta, José Antonio Martín Pallin y Andrés Martínez Arrieta, se ha abierto otra situación.

El auto sostiene que son "los órganos jurisdiccionales que han tomado la iniciativa para poner en marcha el procedimiento de extradición los que tendrían que ponderar la necesidad de estar presentes en todos los trámites judiciales posibles". El párrafo continúa: "Mientras que cuando se pase definitivamente a la fase político-administrativa cualquier eventual decisión debe ser acordada por las autoridades gubernamentales". La decisión del ministro Jack Straw está sujeta -sin etapas diferenciadas- a los tribunales -en esto consiste su actuación casi judicial-, como se ha demostrado ya en las últimas semanas; la resolución del Supremo, por tanto, autoriza al juez que impulsa la extradición "para ponderar la necesidad de estar presente en todos los trámites judiciales posibles". Y la revisión judicial entra en la fórmula de "todos los trámites judiciales posibles". Por otra parte, el auto también subraya que la "conveniencia de mantener abiertas todas las vías posibles aconsejaría que se procurase, sin condicionamiento alguno, la posibilidad de que las víctimas de los hechos delictivos que se trata de perseguir estuvieran presentes en todo el proceso de tramitación, con objeto de garantizar en todo momento la defensa de sus intereses". En la revisión de la decisión preliminar de Straw precisamente estuvieron presentes en el Alto Tribunal de Justicia las víctimas. Pero no España, por decisión del Gobierno español.

¿Esperará Straw a la decisión de una eventual revisión judicial caso de que este recurso se presente?

Al parecer, el ministro no parece inclinado a volver a esperar el desenlace de un recurso de revisión judicial antes de ejecutar su decisión. En otros términos, que parece decidido a dar a conocer su posición y a ordenar que se cancele la orden de arresto para que Pinochet pueda partir.

Aquellos que presenten -si se da el caso- el recurso tendrán que obtener de los tribunales una orden para que el arresto no sea revocado a fin de que la revisión se tramite con Pinochet en Londres. Si no se obtiene esa orden, el ex dictador podrá marchar.

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