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TRIBUNALES

El TSJ declara nula la tasa de vados que aplicó Alicante en 1996

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana ha declarado nula la ordenanza fiscal que aplicó el Ayuntamiento de Alicante en 1996 para gravar a los titulares de vados. El TSJ ha estimado el recurso contencioso-administrativo que presentaron los ediles del grupo municipal socialista contra el acuerdo plenario que aprobó la citada ordenanza con los votos del PP.El actual portavoz socialista, José Antonio Pina, reclamó ayer la devolución del dinero que se pagó con la aplicación de la tasa de vados vigente en aquel momento, unos 70 millones de pesetas. Pina recordó que la impugnación a la ordenanza vino motivada porque ésta vulneraba la Constitución al despreciar el "principio de justicia distributiva", ya que se establecieron las mismas tarifas para los garajes del centro de la ciudad y de los barrios.

Para el portavoz socialista, "la aplicación de la tasa de 1996 hizo que los alicantinos pagasen un tributo que no tenían que haber pagado", y apuntó que "ese dinero se debe devolver a los ciudadanos". Señaló que "aunque el Gobierno municipal del PP sostiene que no ha subido los impuestos, vemos que sí lo ha hecho", y agregó que "los ciudadanos están en su derecho de hacer esa reclamación".

La concejal de Hacienda, María Teresa Revenga, del PP, optó por la prudencia. "Vamos a estudiar detenidamente la sentencia antes de decidir si hay que devolver el dinero o no", dijo. En cualquier caso, la edil indicó que la ordenanza declarada nula ya fue derogada para su adaptación a la nueva ley estatal de tasas y precios públicos, y abundó en que los servicios jurídicos estudiarán la resolución del TSJ.

La ordenanza que se declara nula se derogó primero con una nueva regulación en 1997. Al año siguiente se aprobó otra ordenanza fiscal, que aún hoy se mantiene vigente. Para Revenga, el fallo del TSJ es "confuso".

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