PP y PSOE piden penalizar como secuestro la sustracción del hijo
El PP y el PSOE presentarán hoy al pleno del Congreso de los Diputados sendas proposiciones de ley para castigar como secuestro a quienes sustraen a su propio hijo. Los dos grupos proponentes saben que la reforma del Código Penal y de otras leyes que plantean no serán ya aprobadas en la actual legislatura, pero las defienden con "un carácter testimonial y como trabajo parlamentario a retomar en la próxima legislatura", según la secretaria general del Grupo Socialista, María Teresa Fernández de la Vega.La diputada del PP María Bernarda Barrios considera que es necesario llenar el actual vacío legal para los casos en que un progenitor secuestra a un hijo cuando corresponde al otro cónyuge su guarda y custodia. El PP propone añadir a la regulación de las detenciones ilegales y secuestros -castigados con penas de cuatro a seis años de cárcel- que los secuestros realizados por un descendiente, ascendiente o hermano del menor se penalice con la misma cuantía de prisión, según la duración de la privación de libertad de la víctima.
Barrios señaló también que debe establecerse como agravante el hecho de que la víctima del secuestro, cuando es menor o incapacitada, sea trasladada a un país extranjero. Detrás de esta iniciativa late el impacto producido por la reciente noticia del médico libanés encarcelado en Estados Unidos y posteriormente entregado a la justicia española a raíz de que una juez de Madrid dictara una orden internacional de detención por el supuesto secuestro de dos de sus hijas.
Cambio en varias leyes
La proposición de ley socialista plantea la reforma no sólo del Código Penal, sino también de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y el Código Civil, a fin de dar una respuesta penal clara a la sustracción de un menor por su progenitor, así como "prever medidas cautelares -tanto en el ámbito penal como en el civil- que eviten las sustracciones o retenciones ilícitas de menores".
Los socialistas proponen para el progenitor que sustraiga a un menor "de su lugar de residencia sin causa que lo justifique, con el fin de impedir la comunicación o estancia con el otro progenitor", la pena de prisión "de seis meses a dos años, e inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar por tiempo de dos a cuatro años"·
La proposición de ley socialista atribuye en estos casos al juez o tribunal penal la competencia para "imponer cautelarmente al imputado la privación de los derechos inherentes a la patria potestad y la extinción de la tutela, curatela, guarda o acogimiento familiar que ostentase, así como la incapacidad para obtener nombramientos para dichos cargos".
Los socialistas piden también que se reforme el Código Civil de modo que los jueces de esta jurisdicción puedan prohibir la salida del territorio nacional de los menores y la autorización del cambio del domicilio del menor".
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