El TSJ fuerza a la Generalitat a dedicar cerca de 9.000 millones a ayudas a los funcionarios
La sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana ha requerido a diversas autoridades de la Generalitat, empezando por su máximo responsable, Eduardo Zaplana, a qué expliquen el grado de cumplimiento de la sentencia del Tribunal Supremo (TS) que obliga a la administración autonómica a favorecer la promoción interna de sus trabajadores y a que éstos reciban la ayuda social contemplada en el convenio colectivo suscrito por la Generalitat y los sindicatos. Concretamente, UGT, la organización que denunció a los tribunales el incumplimiento del convenio colectivo, evalúa en cerca de 9.000 millones de pesetas el desembolso que deberá efectuar la Generalitat.
La decisión de la sala social del TSJ, suscrita por su presidente, Francisco José Pérez Navarro, es rotunda. Recuerda a la Administración la obligación que tiene de acatar y, por tanto, ejecutar la sentencia del TS. En ese sentido, señala al Consell que en la actual fase del procedimiento no se trata "ya de negociar ni de evacuar informes sino de cumplir en sus propios términos una sentencia firme". Una sentencia que, recuerda el TSJ, la Generalitat no ha cumplido. "Las actuaciones" emprendidas por la Generalitat para considerar cumplida la sentencia del Tribunal Supremo "no deben entenderse suficientes". El tribunal reprocha a la Generalitat - una "administración demandada, condenada y ejecutada"- que no ha cumplido en las convocatorias de personal de un grupo concreto de funcionarios, "como tampoco la referencia genérica a la oferta de empleo público de 1999, ni la funcionarización o laboralización de las plazas a las que alude".
Los jueces rechazan de plano varios de los motivos esgrimidos por las autoridades autonómicas para no cumplir, en su integridad, la decisión del TS. "No cabe eximir a una administración pública del cumplimiento de una obligación validamente constituida, en razón a que no se ha aprobado la dotación presupuestaria pertinente; al contrario la necesidad de cumplir esa obligación impone a esa administración el deber de efectuar los trámites precisos para incluir en sus presupuestos las partidas adecuadas justificativas del correspondiente gasto".
Es decir, el Consell no puede ampararse en la falta de dotación presupuestaria para no actar la sentencia. La sala de lo social va más lejos. Ya que la "sentencia no se ha ejecutado en sus propios términos", el tribunal anuncia varias medidas para "promoverla y activarla": comunicar al presidente de la Generalitat, Eduardo Zaplana; al consejero de Economía, Vicente Rambla y al consejero de Administración Pública , Serafín Castellano, la decisión comentada.
Tres meses de plazo
Y requerir al director general de Función Pública, Joaquín Segarra, "para que convoque con carácter inmediato el proceso para la provisión de puestos de trabajo para personal laboral de la Generalitat". Los jueces dan al Consell "un plazo de tres meses" para el cumplimiento de esta medida. Para asegurarse de que esta vez sus ordenes son atendidas, piden que se comunique periódicamente a la sala el cumplimiento de sus obligaciones. Asimismo, el tribunal insta a Rambla a realizar "toda la actividad necesaria en orden a constituir el fondo de ayuda social correspondiente a los años 1993, 1994, 1995, 1996 y 1997, removiendo todos los obstáculos que pudieran retrasar su constitución en tres meses".
UGT evalúa en cerca de 9.000 millones de pesetas la cuantía de las ayudas a las que deberá hacer frente la Generalitat. Ya en el plano político, no en el económico, el responsable de la Federació de Treballadors de L"Ensenyament de UGT, Gonzalo Castillo, se ratifica en su postura inicial. "La decisión de los jueces insta a la Generalitat a que, de una vez por todas, cumplan la ley y respete las decisiones de la justicia".
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