Ambos padres podrán decidir el orden de apellidos del hijo
El padre y la madre podrán decidir de común acuerdo el orden de los apellidos que llevará su hijo, antes de inscribirle en el registro; en caso de que no haya acuerdo se optará por que el apellido paterno figure en primer lugar. Lo que se haya decidido determinará el orden para los posteriores nacimientos en la familia. Alcanzada la mayoría de edad, se podrá solicitar la alteración del orden de los apellidos.Así lo aprobó ayer el Congreso de los Diputados, a partir de cinco iniciativas legislativas presentadas por el Senado. Además, toda persona puede solicitar que en el registro se sustituya su nombre propio por su equivalente en cualquiera de las lenguas españolas, así como regularizar ortográficamente los apellidos cuando la forma escrita no se adecue a la gramática y fonética de la lengua española correspondiente.
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