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La defensa de Pinochet sostiene que sólo se le acusa de una tortura en la que España no es competente

Los abogados Clive Nicholls y Julian Knowles, miembros de la defensa jurídica del general-senador Augusto Pinochet, sostienen en su resumen de alegaciones ante el juicio de extradición previsto para el próximo lunes 27 en Londres, que de la solicitud de extradición presentada por España sólo ha quedado un caso de tortura para acusar al exdictador. La defensa arguye, entre otras cosas, que al no ser española la víctima, España carece de jurisdicción para juzgar el caso.El escrito de alegaciones, tres folios y medio, fue presentado por la defensa en el tribunal penal de Bow Street -donde se celebrará el juicio- el pasado 13 de septiembre. Según afirma el escrito, al que ha tenido acceso este periódico, "la argumentación ha sido preparada sin tener a la vista los argumentos de España en relación con las cuestiones planteadas en la solicitud de extradición. La defensa, se reserva el derecho de enmendar y / o complementar este esquema de alegaciones cuando las planteamientos jurídicos sean presentados por España".

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El escrito señala que el tribunal "sólo puede tener en cuenta los hechos a los que se refiere la autorización para proceder a la extradición", dictada el 14 de abril por el ministro del Interior, Jack Straw. Según dice, "los cargos, excepto en los hechos uno y 12 [conspiración y un caso de tortura], no tienen presente aquella intención y van en contra de lo dispuesto en la ley de 1989 al añadir nuevos hechos en base a conductas que no han sido objeto de una solicitud formal de extradición".

Asimismo, recuerda que "la jurisdicción del tribunal está limitada a los delitos [conductas] por los cuales fue concedida la autorización para proceder. El ministro del Interior expresamente rechazó considerar cualquier material aportado por España que no fuera la solicitud formal de extradición del 3 de noviembre de 1998".

La defensa de Pinochet invoca una carta al respecto de una funcionaria del Ministerio del Interior, Clare Chacksfield, del 15 de abril de 1999. La defensa entiende, pues, que "los únicos cargos que el tribunal puede considerar es el número 12 y aquella parte del cargo número 1 que se encuentra dentro de la solicitud formal". La defensa se refiere, así, a un presunto delito de tortura de un ciudadano chileno, Marcos Quesada, y al delito de conspiración para tortura. Según alega "en orden a vencer sobre la inmunidad, el Estado requirente debe probar con evidencias que Pinochet es responsable de los hechos". Por otra parte, agrega que "la tortura debe ser generalizada y sistemática para que se pierda la inmunidad. Un único caso de tortura alegada no equivale a una tortura generalizada y sistemática".

En sus alegaciones, la defensa niega que los detenidos-desaparecidos (1.198) hayan sido considerados por la Cámara de los lores como un delito perseguible extraterritorialmente, en este caso por España. Según la defensa, el único presunto hecho pendiente, el de Marcos Quesada, "no es punible en España porque España no tiene jurisdicción para enjuiciar presuntas torturas contra ciudadanos no españoles. Este no es un delito de extradición porque no se acusa al senador de ser responsable". Por último, "dado que la inmunidad afecta a los hechos acaecidos antes del 8 de diciembre de 1988, estos deben ser descartados. De ahí que se derive que no existen pruebas de una conspiración para tortura después del 8 de diciembre de 1988".

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